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El Parlamento Vasco aprueba hoy la Ley de Vivienda

La norma será aprobada con el apoyo de EH Bildu, PSE-EE y UPyD, y el rechazo de PNV y PP.
18:00 - 20:00
Cambios sustanciales en la ponencia de la Ley de Vivienda vasca

El Parlamento Vasco aprobará este jueves la Ley de Vivienda con los votos a favorables del EH Bildu, PSE-EE y UPyD, y el rechazo de PNV y PP.

Los jeltzales, que han mantenido hasta los últimos días la esperanza de que los socialistas modificaran su postura sobre la norma, han dado ya por perdida esta posibilidad, según informa Europa Press citando fuentes parlamentarias.

El dictamen de la Proposición de Ley fue aprobada el pasado 27 de mayo y contempla medidas como el derecho subjetivo a un alquiler barato, un canon para pisos desocupados y la expropiación temporal de viviendas vacías propiedad de los bancos.

El Gobierno Vasco, que deberá gestionar esta norma, se ha mostrado en contra de la ley al considerar que podría tener "efecto llamada" de "proyección mundial", según palabras del portavoz Josu Erkoreka.

La Proposición de Ley de Vivienda de Euskadi reconoce el derecho subjetivo del acceso a la vivienda, lo que supone que las personas con escasos recursos, y sin posibilidad de alquilar un piso por sus propios medios, podrán exigir ante los tribunales de justicia que la Administración les facilite --a cambio de un alquiler social-- una vivienda en la que residir.

Dada la dificultad de llevar a la práctica esta premisa, la propuesta recoge que el ejercicio de este derecho se efectúe de forma progresiva.

Otra de las principales medidas que se recogen en la ley es el establecimiento de un canon para gravar los pisos vacíos. La medida no afecta a las viviendas de veraneo, sino solo a aquellas que permanezcan desocupadas de forma continuada y durante más de dos años.

Este recargo se aplicará cuando una vivienda lleve más de dos años sin ocupar y será de diez euros por metro cuadrado al año. No obstante, por cada año que pase sin que el piso sea ocupado, se aplicará un incremento del canon de un 10%, hasta un límite por el que no se podrá triplicar la cuantía del gravamen inicial establecido.

Además, se determina que en los cinco primeros años desde la entrada en vigor de la norma, el 80% de la vivienda pública que se construya en Euskadi deberá estar destinada al alquiler. Una vez transcurridos esos cinco años, todas las viviendas públicas que se creen deberán ser para alquiler.

para alquiler.

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