El Supremo delibera ya sobre los recursos de los jóvenes de Alsasua
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha celebrado hoy una vista pública para estudiar los recursos de la defensa del caso Alsasua. Sobre la mesa los recursos de los abogados de los ocho jóvenes contra la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) que no les condenó por terrorismo, pero les impuso penas de entre 2 y 13 años de cárcel por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas por la pelea ocurrida con dos guardias civiles y sus parejas en la madrugada del 15 de octubre de 2016.
La vista, que ha comenzado a las 10:30 horas, ha concluido sobre las 14:00 horas, tras escuchar los argumentos de la defensa y la Fiscalía. El tribunal ha estado presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, e integrado además por Antonio del Moral, Andrés Palomo, Susana Polo y Vicente Magro.
Los cinco abogados, que defienden a Oihan Arnanz, Jokin Unamuno, Adur Ramírez de Alda, Jon Ander Cob, Julen Goikoetxea, Aratz Urrizola, Iñaki Abad y Ainara Urkijo, han esgrimido durante más de dos horas de exposición hasta 18 argumentos para basar su petición de absolución.
En primer lugar, han señalado la "parcialidad de la jueza Concepción Espejel", que formó parte del primer tribunal de la AN, cuya recusación fue solicitada por la defensa. Según han señalado, Espejel está casada con un guardia civil, e incluso fue condecorada con la medalla de este cuerpo policial.

Los abogados, durante la vista. Foto: EFE
Asimismo, han señalado "la falta de pruebas de cargo suficientes", así como la "parcialidad de la investigación", ya que fue la propia Guardia Civil la que investigó lo ocurrido en el bar Koxka, "mezclando así esas figuras de víctimas e investigadores".
La defensa también ha mencionado las graves irregularidades en las ruedas de reconocimiento, "un escándalo", en opinión de los abogados, ya que se colocaron a los acusados rodeados de personas procedentes de Sudamérica y de raza árabe.
Para los cinco abogados, tampoco existe discriminación ideológica. Según han argumentado, la Guardia Civil no se puede considerar "un cuerpo vulnerable", además "hay disparidad de opiniones entre los agentes".
La defensa ha arremetido contra las condenas que ven excesivas porque "las lesiones no fueron tan graves", más aún, cuando todos han negado las agresiones y algunos han recordado que sus defendidos ni siquiera se encontraban aquella noche en el bar, otros se habían ido antes de que ocurrieran los hechos y dos de ellos afirman que estaban durmiendo en casa.
Es por ello que han criticado que en la sentencia "todo es genérico, se habla de personas y no de nombres" e, incluso, han señalado que el testigo fundamental para las acusaciones "dijo que se había metido a gente en la cárcel que no tenía que estar".
Se han quejado especialmente de que sus testigos, que descargaban a los acusados en el juicio, no fueron tenidos en cuenta al desaparecer del contenido de la sentencia, lo que demuestra que "se pasa olímpicamente de toda la prueba practicada por las defensas".
La Fiscalía: "Fue un ataque ideológico"
Por su parte, el fiscal ha pedido desestimar los recursos presentados por los condenados y ha subrayado que lo que allí ocurrió fue un "ataque ideológico".
En su opinión, los hechos se produjeronporque las víctimas eran guardias civiles y ha defendido que puede existir discriminación ideológica hacia ese cuerpo.
"No es una asociación de amigos que se reúne para comer un asado. Es una institución fiel a España, al rey y al pueblo español. Pueden por tanto ser objeto de un ataque ideológico", ha aseverado.
Dos sentencias de la Audiencia Nacional
La sentencia que se recurrió ante el alto tribunal es la dictada por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, que únicamente modificó la dictada por la Sala de lo Penal en el caso de uno de los condenados, Iñaki Abad, quien fue penado en primera instancia con 10 años de prisión que le fueron rebajados a 6 al apreciarse los dos únicos delitos de lesiones que le atribuían las acusaciones y no los cuatro por los que fue condenado inicialmente.
En el resto de los casos, la Sala de Apelación confirmó la sentencia inicial que impuso 13 años de cárcel para Oihan Arnanz, 12 para Jokin Unamuno y Adur Ramírez de Alda, 9 años en el caso de Jon Ander Cob, Julen Goikoetxea y Aratz Urrizola, y 2 años para Ainara Urkijo, la única condenada que no ha llegado a ingresar en prisión.
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