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El Tribunal Supremo levanta la orden de detención de Puigdemont

El magistrado Pablo Llarena ha considerado aplicable a Puigdemont, y a los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig la doctrina constitucional sobre la concesión de la amnistía al delito de malversación fijada en la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a la exconsellera Dolors Bassa.
WATERLOO (Belgium), 06/10/2026.- Former Catalan regional president Carles Puigdemont delivers an institutional statement at the Casa de la Republica in Waterloo, Belgium, 06 October 2026. Spains Supreme Court lifted the arrest warrant against Puigdemont earlier in the day after the Constitutional Court ruled that the amnesty law applies to embezzlement linked to the Catalan independence process, paving the way for his return to Spain after nearly nine years in Belgium. (Bélgica, España) EFE/EPA/OLIVIER HOSLET
Carles Puigdemont, en una imagen de archivo. Foto: EFE

El magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha revalidado este lunes su decisión de levantar la orden de detención del expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, y de los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig, lo que acerca al final su proceso judicial. 

En el auto, Llarena ha considerado aplicable a los tres políticos independentistas la doctrina constitucional sobre la concesión de la amnistía al delito de malversación fijada en la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a la exconsellera Dolors Bassa.

No obstante, Llarena matiza que el pronunciamiento de este lunes "se limita al alzamiento de las órdenes, y no comporta la conclusión de un sumario pendiente de determinados recursos", ni tampoco "sustituye la resolución definitiva sobre la extinción de la responsabilidad y el sobreseimiento que corresponda adoptar por el órgano competente", en este caso la Sala de enjuiciamiento.

En el auto, Llarena también deja claro que no comparte las razones del Constitucional para aplicar la ley de amnistía en este caso, y vuelve a exponer los motivos para dejar el delito de malversación fuera de la ley de amnistía. 

Además, ha criticado a la corte de garantías por falta de "mesura en los calificativos" de su sentencia.

Fue el pasado 7 de octubre cuando el Constitucional remitió al Supremo la sentencia que ordenaba aplicar la amnistía al delito de malversación y amparar a Bassa, y después también de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) descartara afectación a los intereses comunitarios y avalara la ley.

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