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La entrada en vigor del seguro obligatorio para patinetes se pospone por falta de operatividad del registro

Previsto para el 2 de enero, el registro aún no está operativo, lo que retrasa la obligatoriedad del seguro para los vehículos de movilidad personal.
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Las sanciones oscilarán entre 200 y 1 000 euros para los VMP que circulen sin seguro. Foto: EFE.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado un nuevo retraso en la entrada en vigor del seguro obligatorio para los patinetes eléctricos, que estaba previsto que entrara en vigor este 2 de enero. La causa de este aplazamiento se debe a que el registro necesario para la inscripción de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) aún no está operativo.

Este seguro obligatorio, establecido por la Ley 5/2025 que modificó la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, es una medida que busca aumentar la seguridad y la responsabilidad en el uso de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal.

De acuerdo con las últimas declaraciones oficiales, mientras no se regule el registro, no será posible exigir la obligación del seguro. Sin embargo, la normativa sí establece que los VMP con más de 25 kilogramos o que superen los 14 km/h de velocidad sí deberán estar asegurados antes del 26 de enero, sin necesidad de inscripción en el registro.

El retraso ha generado preocupación entre los colectivos que abogan por una mayor regulación del uso de patinetes, como el presidente de Automovilistas Europeos Asociados, Mario Arnaldo, quien defiende la modificación de la Ley de Seguros de Automóviles para incluir los VMP bajo la misma normativa. La sanción para aquellos vehículos que circulen sin seguro obligatorio, una vez que la medida entre en vigor, oscilará entre los 200 y 1 000 euros.

396 accidentes

Según datos de la Fundación Mapfre, en 2024 se registraron 396 accidentes que involucraron VMP en el estado español, con un aumento del 23% respecto al año anterior, lo que subraya la necesidad de medidas más estrictas.

A pesar de que la cobertura del seguro aún no es exigible, la ley establece que, en caso de accidentes, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) actuará como garante, cubriendo los daños personales, aunque no los materiales.

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