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La edad de jubilación sube a 66 años y 10 meses en Hego Euskal Herria

A partir del 1 de enero de 2026, para poder jubilarse con el 100 % de la pensión, aquellas personas que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses podrán acceder a la jubilación a la edad de 66 años y 10 meses. Es decir, dos meses más que en 2025, cuando está situada en 66 años y 8 meses.

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Personas mayores en un parque de Bilbao. Foto de archivo de EFE

La edad de jubilación volverá a cambiar en 2026 para continuar con el plan que culminará en 2027 y establecerá la edad de jubilación en los 67 años para aquellos trabajadores que no alcancen los 38 años mínimos de cotización exigidos por ley.

A partir del 1 de enero de 2026, para poder jubilarse con el 100 % de la pensión, aquellas personas que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses podrán acceder a la jubilación a la edad de 66 años y 10 meses. Es decir, dos meses más que en 2025, cuando está situada en 66 años y 8 meses.

En cuanto a las personas trabajadoras que sí han cotizado 38 años y tres meses o más, podrán jubilarse cuando alcancen los 65 años, siempre que acrediten esos 38 años y 3 meses de cotización a la Seguridad Social. Por tanto, el tiempo de cotización para poder acceder a la jubilación con 65 años también variará en 2026, que será de 38 años y 3 meses, en lugar de los 38 años exactos exigidos en 2025.

En 2027 cambiarán las condiciones para acceder a la pensión de jubilación en función del periodo cotizado. En 2027, para jubilarse con 65 años será imprescindible cotizar a la Seguridad Social, al menos, 38 años y seis meses. Aquellos que no cumplan con este requisito, deberán esperar a los 67 años.

Jubilación parcial en 2026

En cuanto a la jubilación parcial, que combina jubilación con un contrato de trabajo a tiempo parcial, en el caso de que los trabajadores quieran acceder a esta modalidad sin que la empresa haga un contrato de relevo, la edad mínima de acceso será la edad ordinaria de jubilación que en cada caso resulte de aplicación.

Si la empresa hace un contrato de relevo para cubrir el tiempo de trabajo que deja de trabajar la persona que se jubila parcialmente, la edad mínima de acceso para la jubilación parcial será desde el 1 de enero de 2026 de 63 años y 10 meses si se tienen cotizados menos de 38 años y 3 meses, o de 62 años en el caso de que se tengan 33 años cotizados.

Jubilación anticipada en 2026

La Seguridad Social permite jubilarse anticipadamente a los trabajadores de forma voluntaria hasta un máximo de 24 meses antes de la edad legal ordinaria. Si la jubilación anticipada es involuntaria, es posible jubilarse hasta un máximo de 48 meses antes de la edad de jubilación ordinaria.

Será de 64 años y 10 meses (24 meses antes de la edad legal), siempre que haya cotizado al menos 35 años. Está la opción de poder prejubilarse a los 63 para los que hayan cotizado 38 años y tres meses.

Si la jubilación proviene de un despido se puede adelantar el retiro hasta cuatro años, por lo que en 2026 podrán hacerlo a los 62 años y diez meses, siempre que se haya trabajado un mínimo de 33 años, o a los 61 años quienes hayan cotizado al menos 38 años y tres meses.

En el caso de la jubilación anticipada, la Seguridad Social aplica una serie de coeficientes reductores sobre la cuantía de la pensión, que dependen del número de meses de adelanto de la edad de retiro y del periodo de cotización acumulado.

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