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El TC rechaza aumentar la indemnización a familiares de Lasa y Zabala

Para la mayoría de los miembros de la Sala, no obstante, la consideración de los fallecidos como miembros de ETA no vulnera su presunción de inocencia.
Lasa y Zabala.
Lasa y Zabala.

El Tribunal Constitucional (TC) no ha admitido a trámite los recursos de amparo presentados por familiares de Lasa y Zabala, asesinados por los GAL en 1983, contra la decisión de que no reciban la indemnización complementaria prevista en la ley de víctimas del terrorismo.

Los familiares de Lasa y Zabala, junto con los de otros tres fallecidos, entre ellos los de Josu Muguruza, recurrieron con el argumento de que esas resoluciones vulneran la presunción de inocencia. Los recurrentes han explicado que la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) avalaría su tesis.

El TC avala que queden excluidas de esas ayudas complementarias quienes participen en delincuencia organizada o pertenezcan a una organización dedicada a perpetrar delitos violentos. No obstante, el TC rechaza que se vulnere el derecho a la presunción de inocencia, de acuerdo con el artículo 8 del Convenio Europeo sobre Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos.

Para la mayoría de los miembros de la Sala, no obstante, la consideración de los fallecidos como miembros de ETA en base a distintos informes policiales "tiene valor sólo como hecho impeditivo de la ayuda solicitada", pero "no formulan ningún juicio de culpabilidad contrario a lo establecido en una decisión penal definitiva sobre su inocencia", por lo que su presunción de inocencia no se ve vulnerada.

Además, todos los recursos, a excepción del presentado por la familia de Muguruza, no han sido admitidos por una cuestión formal, como es el hecho de haber sido presentados fuera de plazo.

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