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El TC rechaza suspender de forma cautelar el voto telemático de Puigdemont en el Parlament

El alto tribunal admite, no obstante, el recurso de amparo de varios diputados del PP, por lo que revisará la decisión de la Mesa de Edad del Parlament por la que se aceptó el voto delegado.
Rull, tras ser elegido presidente del Parlament.
Rull, tras ser elegido presidente del Parlament. Foto: EFE

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado suspender de forma cautelar el acuerdo de la Mesa de Edad del Parlament catalán por el que se aceptó el voto delegado tanto del expresident Carles Puigdemont como del exconsejero Lluís Puig —ambos diputados electos pero exiliados— para la elección de los órganos de la Cámara, el presidente y miembros de la Mesa.

Según fuentes jurídicas, la decisión se ha adoptado con el voto en contra de los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, y en el marco de la admisión a trámite el recurso de amparo parlamentario presentado por varios diputados del PP de Cataluña contra esa decisión de la Mesa del Parlament.

El argumento esgrimido por el PP es que la aceptación de esos dos votos delegados vulnera el criterio del Tribunal Constitucional, que hace apenas dos semanas estimó un recurso de PSC-Units contra los acuerdos de la Mesa del Parlament que en la anterior legislatura permitieron el voto telemático del exconseller Lluís Puig.

Los magistrados concluyeron que no podía ser tenida como "circunstancia constitucionalmente válida" para el voto telemático el hecho de que se encuentre "voluntariamente" fuera de Cataluña porque "ha decidido eludir la acción de la jurisdicción penal española". Y recordaron, además, que sobre Puig "pesa una orden judicial de busca y captura".

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