El tribunal de Estrasburgo rechaza que España vulnerara los derechos políticos de Junqueras, Sànchez y Turull
En la sentencia adoptada por unanimidad, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se ha pronunciado sobre la prisión preventiva y su incidencia en los derechos políticos de estos tres líderes independentistas. La corte ha constatado que el ingreso provisional "estaba plenamente justificado".
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dictado este jueves una sentencia en la que descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos políticos de Jordi Turull, Oriol Junqueras y Jordi Sànchez por ordenar su ingreso en prisión provisional tras el referéndum del 1-O e impedirles participar en las elecciones catalanas de diciembre de 2017.
En la sentencia adoptada por unanimidad, la corte, con sede en Estrasburgo, ha desestimado las demandas presentadas por los líderes independentistas contra la decisión del magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, y rechaza que la prisión preventiva vulnerara sus derechos.
En los tres casos, el tribunal no observa ningún elemento de "ilegalidad o arbitrariedad" en las decisiones jurídicas que motivaron el ingreso provisional de Sánchez, Turrul y Oriol Junqueras en la cárcel, y afirma que la decisión del Supremo, amparada por el Tribunal Constitucional, "estaba plenamente justificada".
Además, la corte constata en su sentencia de 51 páginas, que los tres demandantes eran "objeto de procesamientos penales por delitos graves", por lo que "no podía razonablemente esperar que pudiesen participar en las elecciones sin ninguna restricción".
Los tres demandantes consideraban que los tribunales españoles no protegieron sus derechos al impedirles participar en la campaña de las elecciones catalanas de diciembre de 2017.
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