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Consumo abre expediente a Airbnb por no retirar anuncios ilícitos de pisos turísticos

Este tipo de prácticas pueden llegar a calificarse como infracciones graves, con multas de hasta 100 000 euros, pero esta cantidad puede subir hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.
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Un cartel que identifica una vivienda turística. Foto: EFE

La Dirección General de Consumo ha incoado un expediente sancionador a Airbnb después de haberle solicitado que retirara "de forma inminente" miles de anuncios con publicidad "ilícita" de alojamientos turísticos, que la plataforma no quitó de sus aplicaciones.

Este tipo de prácticas pueden llegar a calificarse como infracciones graves, con multas de hasta 100 000 euros, pero esta cantidad puede subir hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

Según ha informado en una nota el Ministerio de Derechos Sociales y Consumo, del que depende la Dirección General, el expediente se ha abierto después de que en junio pasado requiriera información a diversas plataformas sobre las viviendas alojadas en estas aplicaciones.

Después envió otro nuevo requerimiento a Airbnb en el que le instó a retirar de forma "inminente" miles de anuncios de viviendas turísticas alojadas en su dominio que no ofrecían su número de licencia, entre otros posibles incumplimientos de la ley de defensa de los consumidores.

La plataforma no los retiró y Consumo ha optado así por abrir el expediente.

Tercera investigación sobre pisos turísticos

Se trata de la tercera investigación abierta por parte de Consumo relacionada con los pisos turísticos, tras detectar el pasado octubre diversas irregularidades en agencias inmobiliarias por prácticas abusivas en alquileres temporales.

Hace una semana inició otra investigación contra grandes empresas de viviendas turísticas que podrían estar incurriendo en "prácticas engañosas", porque se "esconden" tras anuncios que parecen de arrendadores personales y eluden obligaciones, como disponer de un servicio de atención al cliente, que sí es obligatorio para empresas.

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