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El Constitucional impone a Euskadi el copago farmacéutico

Sin embargo, el TC ha avalado la asistencia sanitaria de inmigrantes sin papeles en Euskadi.
Avalan la asistencia sanitaria de inmigrantes sin papeles en Euskadi

El Tribunal Constitucional ha avalado la decisión del Gobierno Vasco de dar atención sanitaria a los inmigrantes sin papeles, pero mantiene la suspensión cautelar de las medidas autonómicas relacionadas con el copago farmacéutico. Así, no excluye a los pensionistas, perceptores de RGI y desempleados sin prestación del copago farmaceútico, y las personas en activo pagarán entre el 40 % y el 60 % de los medicamentos en función de la renta.

El Tribunal Constitucional ha hecho público un auto en el que acuerda el levantamiento de la suspensión cautelar de varios de los artículos recogidos en el decreto de 26 de junio del Gobierno Vasco, en el que se regulaba tanto el copago farmacéutico como la atención a los inmigrantes sin papeles.

Ese decreto fue recurrido por el Gobierno central y el Tribunal Constitucional decidió el pasado julio suspender de manera cautelar el mismo antes de decidir sobre el fondo del recurso.

Ahora el Tribunal ha acordado levantar la suspensión cautelar sobre algunos de los preceptos recogidos en ese decreto vasco.

En concreto sobre el derecho a que los inmigrantes sin papeles puedan ser atendidos en el sistema de salud público vasco, en contra de lo establecido por el Ministerio de Sanidad que acordó anular la tarjeta sanitaria a este colectivo.

El pleno del Tribunal Constitucional atiende a los argumentos del Gobierno Vasco, cuyos letrados argumentaban que la no atención de este colectivo repercutiría en su salud individual y también en la "prevención de la propagación de determinadas enfermedades infecto-contagiosas, afectando directamente a la salud de toda la sociedad".

El Alto Tribunal afirma que el "derecho a la salud y el derecho a la integridad física" de los inmigrantes sin papales y la "conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad" tienen una "importancia singular en el marco constitucional" que no puede verse "desvirtuada" por la "mera consideración de un eventual ahorro económico que no ha podido ser concretado".

Sin embargo, el Pleno del Constitucional mantiene la suspensión de aquellos preceptos del citado decreto vasco relacionados con el régimen del copago farmacéutico.

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