La Audiencia de Navarra mantiene en libertad al guardia civil de 'La Manada'
La sección segunda de la Audiencia de Navarra ha acordado mantener en libertad provisional al guardia civil integrante de 'La Manada' acusado de intentar renovar el pasaporte en la comisaría de Tablada (Sevilla).
El fallo ha sido adoptado por mayoría de dos a uno, ya que cuenta con el voto particular del presidente de la sala, a favor este último del ingreso en prisión del guardia civil.
Antonio Manuel Guerrero estuvo en esta comisaría el pasado 25 de junio, según su versión, porque debía entregar el pasaporte, tal y como fijan las medidas cautelares de su libertad provisional, pero no lo tenía en su poder y además cree que puede estar caducado.
La Policía sin embargo mantuvo en un informe elaborado a petición de la sección segunda de la Audiencia de Navarra que Guerrero, condenado a 9 años de cárcel por abusar de una joven madrileña en los sanfermines de 2016, pidió renovar su pasaporte y se marchó cuando se le comunicó que el sistema alertaba de que no podía hacerlo ya que tiene prohibido salir del país y debe entregar su pasaporte en los juzgados.
La fiscalía, la acusación particular, ejercida por la joven que denunció la violación, y las dos acciones populares —Ayuntamiento de Pamplona y Gobierno de Navarra—, consideraron en una vista celebrada el 5 de julio que el intento de renovación del pasaporte constituía un intento de quebrantamiento de una de las medidas cautelares fijadas por la Sección Segunda en su resolución del 21 de junio y, por tanto, el condenado debería ingresar en prisión por riesgo de fuga. La defensa, por su parte, se opuso y reclamó el mantenimiento de la situación de libertad.

Antonio Manuel Guerrero. Foto: EFE
Actitud contradictoria, según el voto particular
El presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, que ha emitido un voto particular contra la decisión de mantener en libertad al guardia civil de La Manada, sostiene que la actitud de éste en relación con la obtención de un pasaportes es "contradictoria" con las medias cautelares e "innecesaria" para su cumplimiento.
Tras indicar que ha ponderado el derecho a la libertad personal y los fines constitucionalmente legitimadores de la prisión, Francisco Cobo sostiene que a su juicio "debió accederse a la pretensión de las acusaciones" que pidieron el reingreso en prisión.
Y añade que la actuación del guardia civil "se revela como contradictoria con la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial", establecida en el auto del 21 de junio, que incluía la "obligación de hacer entrega del pasaporte de que disponga ante este Tribunal dentro de los 4 días siguientes a su puesta en libertad, así como la prohibición de obtenerlo en el futuro".
"La actividad del procesado se muestra como innecesaria para cumplimentar" esta disposición, dice, y puntualiza que además "no se verificó con la pulcritud y carácter diáfano del que le trata de revestir su defensa" al argumentar que "exclusivamente" quiso informarse de la situación en la que se encontraba su pasaporte para presentarlo ante este Tribunal.
Los cinco condenados quedaron en libertad el 22 de junio, al día siguiente del auto notificado por el tribunal, tras abonar cada uno los 6.000 euros de fianza impuesta para eludir la prórroga de la prisión provisional. Esta decisión también contó con el voto particular del presidente de la Sección Segunda, quien se mostró partidario de la prórroga de la prisión hasta la mitad de la pena impuesta, 4 años y 6 meses.
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