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El TSJPV autoriza extender el uso del pasaporte covid en Euskadi, pero solo en espacios cerrados

El certificado será necesario en toda la hostelería, hospitales, residencias, polideportivos y espectáculos culturales, pero no en las instalaciones deportivas abiertas, como los estadios de fútbol. La Sala fija además que las medidas tendrán una duración temporal hasta el 31 de enero de 2022.
Personal de un gimnasio de Bilbao, escaneando un pasaporte covid. Foto: EFE

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha autorizado extender el uso del pasaporte covid en Euskadi aunque lo limita a espacios cerrados, como bares, hospitales, residencias, polideportivos y espectáculos culturales, para tratar de frenar la expansión de contagios.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV ha deliberado durante toda la mañana y ha emitido un auto sobre la consulta que le planteó el Gobierno Vasco respecto a la legalidad de extender el uso del denominado pasaporte covid en municipios con incidencia acumulada superior a 300 casos por 100 000 habitantes.

La Sala fija además que las medidas "tendrán una duración temporal hasta el 31 de enero de 2022 y serán objeto de seguimiento y evaluación continua".

Tras el informe que ayer lunes emitió la Fiscalía avalando la intención del Ejecutivo, el auto del TSJPV establece la posibilidad de ampliar la exigencia del certificado digital UE, pero el TSJPV, en su auto, rechaza la pretensión de obligar a exhibir el pasaporte covid en las instalaciones deportivas abiertas, como los estadios de fútbol.

La Sala argumenta que "ningún punto" del decreto del Gobierno Vasco "razona debidamente la necesidad de ampliar el pasaporte covid a espacios abiertos". Asimismo, asegura que no existe ningún otro fallo sobre el uso del certificado en dichos espacios abiertos.

Además, según los magistrados, la ampliación de la exigencia del pasaporte a espacios abiertos "supera el juicio de proporcionalidad, porque las medidas restrictivas actualmente vigentes en Euskadi ya minimizan cualquier riesgo de contagio que pudiera haber en las aglomeraciones de personas en espacios abiertos".

"A pesar de que en los espacios abiertos pueda existir, como indica el Ministerio Fiscal, riesgo de contagio; no compartimos la conclusión de que la medida solicitada deba ser autorizada", asegura, "porque el riesgo de contagio existe, desgraciadamente, en todos los ámbitos de la vida diaria".

Esta medida ya era obligatoria para acceder a bares, restaurantes y discotecas en Euskadi desde el pasado 4 de diciembre.

Los nuevos ámbitos en los que se solicitará el pasaporte covid son los siguientes:

1. Salas de conciertos y salas multiusos u otros espacios habilitados cerrados cuando se realicen conciertos, festivales musicales y otros acontecimientos culturales y artísticos.

2. Establecimientos de hostelería y restauración, incluidos salones de banquetes cuando se realicen actividades con posibilidad de baile, independientemente del número de asistentes.

3. Polideportivos, gimnasios y otros espacios interiores donde se practica actividad física y/o deportiva, tanto para deportistas como acompañantes y público.

4. Centros hospitalarios y centros sociosanitarios, así como centros penitenciarios: personas que visitan a pacientes ingresados o residentes.

En cualquier caso, esa exigencia no afectará a los trabajadores de esas instalaciones ni a los menores de 12 años.

El Gobierno Vasco deberá determinar si finalmente exigirá ese certificado a quienes acudan de visita a hospitales, prisiones y residencias y a quienes vayan a polideportivos, gimnasios, salas de conciertos y eventos culturales, salones de banquetes con posibilidad de baile e instalaciones cerradas para competiciones deportivas como estadios y frontones, y qué hará respecto al uso de esas instalaciones abiertas como los campos de fútbol.

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