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El TS insta a la AN a investigar los pagos del PSOE en metálico a Ábalos y Koldo, al creer que pudo haber blanqueo

El juez considera que pudo haberse cometido un presunto blanqueo de capitales a través de las liquidaciones de gastos, y que ni el partido, ni los investigados, ni los trabajadores de la formación que declararon como testigos han esclarecido este asunto.
Sede central del PSOE en Madrid. Foto de archivo: Europa press

El magistrado del Tribunal Supremo a cargo del 'caso Koldo' ha instado a la Audiencia Nacional a que investigue los pagos en metálico que realizó el PSOE en favor del exministro José Luis Ábalos y el exasesor Koldo García.

El juez considera que pudo haberse cometido un presunto blanqueo de capitales a través de las liquidaciones de gastos, y que ni el partido, ni los investigados, ni los trabajadores de la formación que declararon como testigos han esclarecido este asunto.

En un auto dictado este mismo viernes, el instructor Leopoldo Puente explica que la actividad del PSOE, "sea finalmente una u otra la calificación jurídica que merezca" no está "inescindiblemente vinculada" al objeto de la investigación que dirige, es decir, la existencia de una presunta trama -integrada por Ábalos, Koldo y el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán- dedicada al cobro de supuestas comisiones a cambio de adjudicaciones públicas. 

Por ello, considera que no es su deber investigar los pagos en metálico realizados por el PSOE y exhorta al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, que ya indaga en una línea de investigación relativa al 'caso Koldo', que investigue también si los investigados llegaron a blanquear dinero a través de las liquidaciones de gastos del partido.

Puente insiste en que en el PSOE no se comprobaba, antes de hacer los pagos en metálico, si al menos la persona que reclamaba la devolución de los gastos era efectivamente quien conforme a los tickets o facturas aportadas los había realizado.

Para el magistrado, esta falta de control podría haber permitido que se presentaran tickets por servicios que, en realidad, pudieran haber sido abonados por un familiar o por un amigo.       

A su vez, recalca que tampoco se verificaba si los pagos realizados por quien obtenía la devolución habían sido realizados por dicha persona en metálico o por intermediación bancaria.         

Asimismo, el magistrado incide en que ni Ábalos ni Koldo ofrecieron al respecto ninguna clase de información en sus comparecencias en el Supremo, en las que se acogieron a su derecho constitucional a no declarar.

Puente considera que "todas estas incógnitas deben ser despejadas, tras practicarse la investigación correspondiente, en la medida en que pudieran denotar la eventual existencia de conductas o actividades irregulares, e incluso potencialmente delictivas".   

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