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Covite denuncia la concesión de semilibertad a la exdirigente de ETA 'Anboto' por el "escaso tiempo" pasado en prisión

Advierte de que sigue siendo "una figura inseparable del entramado político y social que sostuvo y legitimó" a la organización terrorista.
SAN SEBASTIÁN, 23/03/2026.- Vista de la cárcel de Martutene de San Sebastián este lunes, tras la concesión de un régimen de semilibertad a la exjefa de ETA Soledad Iparraguirre, 'Anboto', en aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, el mismo que se otorgó en su día al exdirigente de ETA Garikoitz Aspiazu, Txeroki. EFE/Javier Etxezarreta
Centro penitenciario de Gipuzkoa. Foto: EFE

Covite considera "injustificable" la concesión de un régimen de semilibertad a la exdirigente de ETA Soledad Iparraguirre Anboto, que, según denuncia, cuenta con un "historial criminal de extrema gravedad ya que fue condenada a 793 años y 8 meses de prisión y está vinculada a 14 asesinatos".

El Colectivo de Víctimas del Terrorismo ha criticado este lunes en un comunicado la decisión del Gobierno Vasco de conceder a Iparraguirre este régimen de semilibertad en aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

De esta manera, Soledad Iparraguirre puede salir a partir de este lunes de la prisión de Gipuzkoa de Martutene de lunes a viernes con la obligación de volver a dormir en la cárcel para trabajar o llevar a cabo labores de voluntariado, con unos horarios fijados previamente.

Covite ha criticado esta medida debido al "escaso tiempo cumplido en prisión, su total vinculación con la izquierda abertzale" y "su historia criminal de extrema gravedad". A juicio del colectivo, este caso ilustra con "especial claridad, cómo el artículo 100.2, que fue ideado como una fórmula extraordinaria de flexibilización del cumplimiento de la pena, está siendo utilizado con los presos de ETA de forma generalizada y desvirtuando por completo su finalidad y significado".

En este sentido, Covite ha opinado que "no es casual que esta medida se haya aplicado precisamente a Soledad Iparraguirre: "Anboto no fue una etarra de base ni una presa irrelevante dentro del entramado de ETA, sino una figura central de la organización y una persona estrechamente identificada con su dirección política”.

El colectivo ha asegurado que esta es precisamente "la trampa del artículo 100.2: utilizar una vía extraordinaria como atajo para conceder un régimen de semilibertad a quienes no pueden acceder todavía al tercer grado". "Se cumple la ley en apariencia, pero se desnaturaliza por completo su finalidad", ha advertido Ordóñez.

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