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Multa de 10,6 millones a Iberdrola por traspaso de clientes

Iberdrola recurrirá su contenido en los próximos días por la vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional, a la que pedirá la suspensión cautelar de la multa.
La Torre Iberdrola, en Bilbao. Foto: EITB

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto a Iberdrola una multa de 10,6 millones de euros por el traspaso de clientes desde su comercializadora de último recurso hasta la de mercado libre "sin recabar el consentimiento expreso del consumidor exigido por la normativa".

La multa se produce a raíz de una denuncia presentada en 2009 por Gas Natural Servicios y Unión Fenosa contra Iberdrola por estos comportamientos.

En julio de 2010, Competencia inició las investigaciones y concluyó que, desde agosto de 2009 a marzo de 2010, Iberdrola procedió a traspasar clientes sin su consentimiento desde la comercializadora de último recurso de su grupo, donde están los consumidores acogidos a tarifas reguladas, hasta la comercializadora en mercado libre.

Desde junio de 2009, los consumidores pueden acudir al mercado libre y elegir quién le suministra electricidad, aunque los que tienen potencia contratada por debajo de 10 kilovatios (kW), lo más común en los domicilios, pueden acogerse a la denominada Tarifa de Último Recurso (TUR), la única fijada por el Gobierno.

Por lo tanto, añaden, teniendo en cuenta el contexto jurídico y económico, el colectivo al que se dirigió y el servicio afectado, "no hay duda de que la conducta de Iberdrola ha afectado al interés publico".

 

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto a Iberdrola una multa de 10,6 millones de euros por el traspaso de clientes desde su comercializadora de último recurso hasta la de mercado libre "sin recabar el consentimiento expreso del consumidor exigido por la normativa". La multa se produce a raíz de una denuncia presentada en 2009 por Gas Natural Servicios y Unión Fenosa contra Iberdrola por estos comportamientos.En julio de 2010, Competencia inició las investigaciones y concluyó que, desde agosto de 2009 a marzo de 2010, Iberdrola procedió a traspasar clientes sin su consentimiento desde la comercializadora de último recurso de su grupo, donde están los consumidores acogidos a tarifas reguladas, hasta la comercializadora en mercado libre. Desde junio de 2009, los consumidores pueden acudir al mercado libre y elegir quién le suministra electricidad, aunque los que tienen potencia contratada por debajo de 10 kilovatios (kW), lo más común en los domicilios, pueden acogerse a la denominada Tarifa de Último Recurso (TUR), la única fijada por el Gobierno. Por lo tanto, añaden, teniendo en cuenta el contexto jurídico y económico, el colectivo al que se dirigió y el servicio afectado, "no hay duda de que la conducta de Iberdrola ha afectado al interés publico".

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