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El TS condena a una empresa vasca por espiar a un trabajador de baja

La empresa colocó un GPS en el coche del trabajador. El Tribunal Supremo considera que se ha vulnerado el derecho a la intimidad por lo que ratifica la sentencia que declaraba nulo su despido.

El Tribunal Supremo ha censurado el uso de un GPS para investigar a un trabajador de baja por incapacidad temporal, al que se le colocó el dispositivo en su coche, porque vulnera el derecho a la intimidad en relación con los derechos a la libertad de circulación y a la tutela judicial efectiva.

Así lo dictamina el TS en una sentencia en la que confirma la dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que declaró nulo el despido de un trabajador de la empresa RSU Bilbao UTE (dedicada el servicio de limpieza y recogida de basuras para el Ayuntamiento de Bilbao), al constatar que las pruebas de fraude en su baja laboral fueron obtenidas violando su derecho a la intimidad.

'Diferentes esfuerzos físicos'

En junio de 2010, el trabajador inició un proceso de incapacidad temporal derivada de una dolencia en un brazo y la empresa decidió investigarle contratando a un detective privado que le colocó un dispositivo GPS en su coche particular para conocer sus movimientos.

De este modo, la empresa comprobó que cogía el coche "de forma diaria y durante varias horas al día siendo algunas distancias considerables" y, fruto de los seguimientos a los que fue sometido, también averiguó que hacía "diferentes esfuerzos físicos", entre ellos cargar las bolsas de la compra en un supermercado.

Ante estas evidencias, se le comunicó el despido en julio de 2010 y el trabajador lo recurrió ante los tribunales, que en 2011 le dieron la razón y condenaron a la empresa a readmitirle abonándole los salarios que dejó de percibir desde el día que le echaron.

Un Juzgado de lo Social de Bilbao, primero, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, después, declararon nulo el despido al entender que la colocación del GPS "afecta a una de las manifestaciones del derecho a la intimidad, el derecho a que los demás no sepan dónde está en cada momento y cuáles son sus movimientos".

El Tribunal Supremo ha censurado el uso de un GPS para investigar a un trabajador de baja por incapacidad temporal, al que se le colocó el dispositivo en su coche, porque vulnera el derecho a la intimidad en relación con los derechos a la libertad de circulación y a la tutela judicial efectiva.Así lo dictamina el TS en una sentencia en la que confirma la dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que declaró nulo el despido de un trabajador de la empresa RSU Bilbao UTE (dedicada el servicio de limpieza y recogida de basuras para el Ayuntamiento de Bilbao), al constatar que las pruebas de fraude en su baja laboral fueron obtenidas violando su derecho a la intimidad.'Diferentes esfuerzos físicos'En junio de 2010, el trabajador inició un proceso de incapacidad temporal derivada de una dolencia en un brazo y la empresa decidió investigarle contratando a un detective privado que le colocó un dispositivo GPS en su coche particular para conocer sus movimientos.De este modo, la empresa comprobó que cogía el coche "de forma diaria y durante varias horas al día siendo algunas distancias considerables" y, fruto de los seguimientos a los que fue sometido, también averiguó que hacía "diferentes esfuerzos físicos", entre ellos cargar las bolsas de la compra en un supermercado.Ante estas evidencias, se le comunicó el despido en julio de 2010 y el trabajador lo recurrió ante los tribunales, que en 2011 le dieron la razón y condenaron a la empresa a readmitirle abonándole los salarios que dejó de percibir desde el día que le echaron. Un Juzgado de lo Social de Bilbao, primero, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, después, declararon nulo el despido al entender que la colocación del GPS "afecta a una de las manifestaciones del derecho a la intimidad, el derecho a que los demás no sepan dónde está en cada momento y cuáles son sus movimientos".

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