Las haciendas vascas devolverán las retenciones por maternidad y paternidad
Las tres diputaciones forales y el Gobierno Vasco han decidido este jueves en el Órgano de Coordinación Tributaria (OCT) devolver las retenciones practicadas en el IRPF a las prestaciones por maternidad, tras la sentencia del Tribunal Supremo que considera estas ayudas exentas de ese impuesto.
Tras el análisis, la Diputación de Bizkaia ha sido la primera en comunicar oficialmente que devolverá a los contribuyentes lo tributado por las prestaciones de maternidad y paternidad de la Seguridad Social y modificará la norma foral del IRPF para que queden exentas a partir de 2019.
La Diputación Foral de Bizkaia introducirá una modificación en la Norma Foral de IRPF para especificar que las prestaciones por maternidad y paternidad que abona el Instituto Nacional de la Seguridad Social están exentas del pago de este impuesto. De este modo, estas prestaciones se sumarán a las que conceden las administraciones autonómicas y locales, y que la actual Norma Foral sí cita expresamente como rentas exentas.
Imagen sacada de un vídeo de ETB.
La Hacienda vizcaína creará un modelo específico de solicitud para reclamar la devolución de las cantidades tributadas por este concepto en las declaraciones de IRPF que todavía no son firmes, las de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017, mientras que las cantidades tributadas en 2018 serán devueltas directamente en la campaña de la renta de 2019.
Además, la Diputación (PNV y PSE-EE tienen mayoría absoluta en las Juntas Generales) incluirá en el proyecto de Presupuestos de 2019 el cambio de la norma foral de IRPF para que estas prestaciones dejen de tributar desde el próximo 1 de enero y pedirá a la Seguridad Social que deje de practicar estas retenciones a los contribuyentes vizcaínos.
La Diputación ha explicado que la sentencia del Supremo no le afecta directamente, pero "sí es de aplicación la doctrina que emana de ella" y además las prestaciones por maternidad que conceden el Gobierno Vasco y las instituciones locales vizcaínas ya estaban exentas de tributar, por lo que ahora se equiparan también las de la Seguridad Social.
Imagen sacada de un vídeo de ETB.
La Hacienda foral de Gipuzkoa también ha acordado adoptar la visión del Tribunal Supremo a pesar de que el dictamen no afecta a la de Gipuzkoa ya que, en virtud del Concierto Económico Vasco, los territorios históricos cuentan con normativa fiscal propia en lo que a este tributo respecta. Sin embargo, y con ánimo de salvaguardar la seguridad jurídica de las y los contribuyentes, la Hacienda foral ha abogado por seguir el criterio del Supremo, debido a que la normativa foral es en este punto muy parecida a la de territorio común.
La medida, además, afectará a aquellas declaraciones que no sean todavía firmes, es decir, a aquellas personas contribuyentes que hayan percibido prestaciones de maternidad durante los últimos cuatro años (a partir del ejercicio 2014), o prestaciones de paternidad (a partir de su fecha de aprobación, julio del 2018).
El o la contribuyente tendrá que efectuar la petición de devolución a la Hacienda foral de Gipuzkoa, que facilitará el proceso a través de la activación de una serie de cauces y mecanismos que dará a conocer próximamente (modelo de solicitud, proceso simplificado…), que tendrán por objetivo eliminar obstáculos y allanar las peticiones de devolución. Mientras, las retenciones de las prestaciones de maternidad y paternidad realizadas en este 2018 serán devueltas durante la próxima campaña de la Renta.
Imagen sacada de un vídeo de ETB.
Por su parte, la Hacienda foral de Álava ha decidido aplicar el mismo criterio que el establecido por el Tribunal Supremo y aplicará las exenciones con carácter retroactivo desde el año 2013. Lo hará, además, de oficio, es decir, tras recibir la información detallada del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), la Hacienda procederá a la reelaboración de la declaración de la renta de las personas afectadas (las madres que se acogieron a bajas maternales desde 2013, y las padres que se acogieron a bajas paternales desde 2018 –cuando se modificó la normativa alavesa para incluirles a ellos-). Se da la circunstancia de que la devolución de las retenciones a los padres se aplicará sólo en Euskadi, no en el resto del Estado, donde se rigen por normativas diferentes.
Así las cosas, la única gestión que deben realizar los padres y madres afectados es completar un formulario, que se pondrá a disposición pública en breve, especificando el domicilio y el número de cuenta bancaria. Es decir, no tienen que hacer ningún requerimiento al INSS para recibir las retenciones, ya que será la propia Hacienda la que proceda, directamente, al pago.
Asimismo, la Hacienda alavesa solicitará al INSS que, desde este mismo mes, deje de aplicar las retenciones en los supuestos contemplados de bajas de maternidad y paternidad.
Por otra parte, la Diputación Foral de Álava no plantea por ahora realizar modificación normativa alguna.
VÍDEO: Cómo reclamar las retenciones
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