El Gobierno español permite las rebajas, siempre que no generen aglomeraciones
El Gobierno español ha decidido finalmente permitir las rebajas desde hoy, lunes, incluso en los lugares que aún siguen en la fase 0 de la desescalada, siempre que no generen aglomeraciones.
De hecho, el Ministerio de Sanidad establece que, en el caso de producirse una gran afluencia de personas, deberá procederse al cese inmediato de estas promociones "si fuera necesario".
Esa norma establece que son los comerciantes los que debe tomar medidas para evitar que se produzcan aglomeraciones que impidan el cumplimiento de las medidas sanitarias obligatorias.
Según recoge el texto, "las acciones comerciales o de promoción que lleven a cabo los establecimientos comerciales deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar" el cumplimiento de las medidas decretadas por las autoridades sanitarias.
Así, se deberá evitar que "se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o que comprometan el resto de medidas establecidas en esta orden". Si esto se produce, los comerciantes deberán "adoptar las medidas adecuadas para evitarlas, incluyendo el cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción si resultara necesario".
Para las comunidades que aún están en fase 0 (Comunidad de Madrid y parte de Cataluña y Castilla y León), se permite desde el lunes la apertura del comercio minorista sin necesidad de cita previa en aquellos establecimientos de menos de 400 metros cuadrados.
Los establecimientos de más de 400 metros cuadrados podrán abrir sus puertas, pero solo en las zonas que hayan pasado a la fase 1, siempre que acoten el espacio abierto al público ajustándose a este umbral de 400 metros y con varios requisitos más: 30% del aforo, distancia mínima de dos metros entre clientes o solo una persona dentro y horario de atención prioritario para mayores de 65 años.
Asimismo, podrán abrir los que estén en centros comerciales siempre que cuenten con acceso directo e independiente desde la vía pública. También pueden abrir las administraciones de Lotería, a excepción de las ubicadas en centros comerciales y sin acceso independiente.
Por último y cuando así lo decidan los ayuntamientos, podrán reabrir los mercados que desarrollan su actividad al aire libre, los denominados mercadillos, dando preferencia a aquellos productos alimentarios y de primera necesidad.
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