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Un juzgado ratifica elevar la indemnización a la familia de un afectado por amianto

El operario trabajó de 1973 a 2009 en la planta de Sidenor de Basauri, en unas labores en las que, al menos hasta el año 2000, resultaba frecuente el uso de amianto.
Sidenor
Sidenor no adoptó ninguna medida contra el amianto hasta al menos el año 2000. Foto: EiTB.

El Juzgado de lo Social número 4 de Bilbao ha desestimado un recurso de Sidenor contra una resolución que obligó a esta empresa y Acenor al pago solidario de un recargo del 50 % en las prestaciones por la enfermedad sufrida por un trabajador que falleció de un cáncer derivado de su exposición al amianto.

Según ha informado este martes en una nota la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi Asviamie, el juez ha determinado que Sidenor no adoptó ninguna medida hasta al menos el año 2000 para evitar los riesgos causados por la exposición al amianto de sus trabajadores.

El dictamen del Juzgado de lo Social desestima un recurso presentado por Sidenor contra una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que en febrero de 2019 impuso a ambas empresas este recargo.

El operario Felipe J.L.S. trabajó de 1973 a 2009 en la planta de Sidenor de Basauri, en unas labores en las que, al menos hasta el año 2000, resultaba frecuente el uso de amianto.

Como consecuencia, en mayo de 2017 fue diagnosticado de un mesotelioma pleural, un cáncer pulmonar por el que obtuvo la incapacidad absoluta por contingencia profesional y que causó su fallecimiento en junio de 2018.

La agrupación Asviamie, que ha expresado su "satisfacción" por el fallo judicial, ha pedido a las empresas causantes de muertes por exposición al amianto que pidan perdón a las familias de las víctimas y constituyan un fondo de compensación para indemnizar a estos familiares.

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