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Las medidas fiscales del Gobierno Vasco y las diputaciones para hacer frente a la inflación

Entre otras medidas, las instituciones vascas aplicarán una deflactación del 4 % en todos los tramos de la tarifa del IRPF para mitigar los efectos de la inflación.
El lehendakari Iñigo Urkullu junto a los tres diputados generales. Foto: Irekia
El lehendakari Iñigo Urkullu junto a los tres diputados generales. Foto: Irekia

El Gobierno Vasco y las tres diputaciones forales han acordado hoy una batería de medidas fiscales para hacer frente al "fuerte impacto que la pandemia y la guerra de Ucrania está teniendo en la economía vasca", así como a "las largas consecuencias" que se prevén. 

Las medidas han sido presentadas esta mañana en una comparecencia conjunta del lehendakari Iñigo Urkullu y los tres diputados generales, Ramiro González, Unai Rementeria y Markel Olano, y son las siguientes: 

1- Deflactar todos los tramos de la tarifa del IRPF un 4%. Esta medida es aplicable al ejercicio 2022. Se actualizan los importes de la reducción por tributación conjunta, minoración de la cuota y, asimismo, se actualizan las deducciones en el mismo porcentaje del 4%. Esta deflactación se suma a la aplicada a principios de año de un 1,5%, por lo que la cifra total será del 5,5%. 

2- Ajuste de la tabla de retenciones aplicable a los rendimientos de trabajo a partir de septiembre. De esta forma, la deflactación de la tarifa será efectiva desde ese mes. Deflactar significa que todas las personas y familias van a disponer de más dinero en su bolsillo. 

3- Minoración de la cuota de hasta 200 euros aplicable en las declaraciones con una Base Imponible General de hasta 35.000 euros. Las declaraciones con una Base Imponible General hasta 30.000 euros podrán aplicar la minoración de la cuota de 200 euros. Entre 30.000 y 35.000 euros, este importe de 200 euros irá reduciéndose de manera progresiva. 

4- Exención de las ayudas públicas de 200 euros que se perciban con motivo del Real Decreto Ley 11/2022. 

5- Exoneración de la presentación de los pagos fraccionados del tercer y cuarto trimestre de 2022 para las personas autónomas

6- Exoneración de la presentación del pago fraccionado para las empresas con volumen de operaciones inferior a 50 millones, siempre y cuando no estén incluidas en un grupo de consolidación fiscal. 

 

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