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La UE anuncia un acuerdo para facilitar la deportación de solicitantes de asilo a "terceros países seguros"

De esta forma, Europa da un nuevo paso en su política de asilo. El acuerdo provisional entre el Consejo y el Parlamento Europeo amplía los supuestos para declarar inadmisibles solicitudes de protección internacional.

GRAVELINES, 16/12/2025.- Migrantes esperan en una playa para abordar una lancha inflable para cruzar el Canal de la Mancha, en Gravelines, norte de Francia, el 17 de julio de 2025. El 10 de julio de 2025, durante la visita de Estado del presidente Macron al Reino Unido, se alcanzó un acuerdo sobre la migración a través del Canal. Francia acordó aceptar de regreso a las personas que cruzaron el Canal pero no son elegibles para asilo en el Reino Unido. A cambio, el gobierno británico prometió aceptar a las personas que puedan integrarse legalmente. Desde principios de 2025, se estima que 21.000 personas han llegado a las costas británicas en pequeñas embarcaciones. EFE/Yoan Valat
Migrantes esperan en una playa de Francia para abordar una lancha. Foto: EFE

Europa allana el camino a la creación de centros de deportación de migrantes fuera de la UE. El Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional para ampliar los casos en los que una solicitud de asilo puede ser rechazada sin examinar su contenido, mediante una redefinición del concepto de “tercer país seguro”. El objetivo es facilitar la devolución de solicitantes a países no comunitarios considerados seguros.

El acuerdo, cerrado en la madrugada de este miércoles representantes del Consejo (países UE) y el Parlamento Europeo, deberá ser confirmado por ambas instituciones para su adopción oficial. 

Nuevos supuestos para aplicar el "tercer país seguro"

Según el acuerdo, los Estados miembros podrán aplicar el concepto de tercer país seguro en tres escenarios concretos. Este mecanismo permite rechazar una solicitud de asilo sin entrar a valorar su contenido.

El primero de estos supuestos contempla que exista una conexión entre el solicitante de asilo y un tercer país considerado seguro. Sin embargo, el texto introduce un cambio relevante: dicha conexión deja de ser un criterio obligatorio para aplicar este rechazo.

El segundo escenario permitirá aplicar este concepto cuando la persona solicitante haya transitado por un tercer país seguro antes de llegar a la Unión Europea, incluso si no existe un vínculo previo con ese Estado.

El tercer supuesto se activará cuando exista un acuerdo o convenio entre un Estado miembro y un tercer país seguro que garantice que la solicitud de asilo será examinada en ese país no perteneciente a la UE.

Este punto refuerza la posibilidad de externalizar la tramitación del asilo, siempre que el país tercero asuma formalmente el análisis de las solicitudes y sea considerado seguro conforme a la normativa europea.

No obstante, el acuerdo mantiene una limitación relevante: este último supuesto no podrá aplicarse en el caso de menores no acompañados, que quedan excluidos del uso de este mecanismo.

El acuerdo provisional deberá ser ahora confirmado formalmente tanto por el Consejo de la UE como por el Parlamento Europeo. La adopción oficial está prevista para el 12 de junio de 2026, fecha a partir de la cual las modificaciones serán directamente aplicables en todos los Estados miembros.

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