El TSJN confirma la pena de 9 años por abuso sexual a los miembros de 'La Manada'
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento, impuesta por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra a los cinco acusados de la violación grupal a una joven el 7 de julio de 2016 en Pamplona. La sentencia, que no ha sido tomada por unanimidad, puede ser recurrida al Tribunal Supremo.
Precisamente, tanto el abogado de la víctima como el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra han anunciado recurso para pedir que los hechos sean calificados como violación. Por otra parte, el abogado del guardia civil Antonio Manuel Guerrero también recurrirá al Supremo.
La decisión no ha sido unánime, ya que dos de los cinco magistrados (el presidente Joaquín Galve y el magistrado Miguel Ángel Abárzuza) han emitido un voto particular abogando por condenar a los cinco miembros de 'La Manada' por un delito continuado de agresión sexual, al apreciar la existencia de intimidación, a sendas penas de 14 años y 3 meses. A Antonio Manuel Guerrero le consideran, además, responsable de un delito de robo con intimidación, por el que deberían imponerle dos años más de prisión en lugar de los 900 euros de multa fijados por la Audiencia, por un delito leve de hurto, por quitarle el móvil a la denunciante.
Además, el pleno de la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, integrado por los magistrados Joaquín Galve Sauras, Francisco Javier Fernández Urzainqui, Alfonso Otero Pedrouzo, Miguel Ángel Abárzuza Gil y José Antonio Álvarez Caperochipi, estima uno de los motivos de los recursos, en concreto respecto de la absolución de los inculpados del delito contra la intimidad, por la grabación parcial de los hechos. Así, la Sala ordena a la Sección Segunda de la Audiencia, que no entró a valorar este delito, que dicte una nueva sentencia sobre este delito cuando la sentencia sea firme.
La Sala da verosimilitud a la declaración de la víctima
La Sala, por unanimidad, desestima el resto de los recursos planteados por los cinco acusados y, en esencia, ratifica la decisión de la Audiencia Provincial de dar verosimilitud a la declaración de la mujer, principal prueba de cargo. Según la Sala, las relaciones sexuales enjuiciadas fueron llevadas a cabo por los procesados sin el libre consentimiento de la víctima, según explica el TSJN.
La Sala afirma que el testimonio de la víctima es "seguro y convincente" e insiste en que no es una prueba única, ya que aparece "corroborada por una prueba pericial policial y sicológica, testimonios concurrentes, antecedentes y consecuentes" y sobre todo, "por las grabaciones de vídeo y fotos tomadas por Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo". Así, el Tribunal descarta "una teoría conspirativa que involucra a todos los que asisten a la víctima, policías municipales y nacionales, trabajadores sociales, forenses, pericial sicológica y policial, y a la propia víctima".
Asimismo, para los cinco magistrados "no es verosímil que —la víctima— consintiera el maltrato y la vejación, la atmósfera opresiva y el prevalimiento de grupo en que se desarrolla la acción criminal".
No obstante, como ya hiciera la Sección Segunda, la mayoría (tres magistrados frente a dos) de la Sala descarta la calificación de agresión sexual, ya que entiende que no hubo violencia ni intimidación, que debe concurrir para calificar las acciones como violación. Lo que sí aprecia es una situación de superioridad. En ese sentido, la Sala recuerda "la sutil línea divisoria entre intimidación y el prevalimiento (o superioridad) pues la víctima —en el prevalimiento— en alguna medida también se siente intimidada". Finalmente, la Sala opta finalmente por atenerse al principio in dubio pro reo (ante la duda, se favorecerá al acusado).
Nueva sentencia sobre el delito contra la intimidad
La novedad de este fallo reside en lo referente al delito contra la intimidad, del que fueron absueltos los cinco hombres por haber grabado parte de los hechos. La Audiencia no entró a valorar ese delito porque no se incorporó a la causa desde el inicio.
Por otra parte, el Tribunal descarta de plano las denuncias de a defensa de los cinco acusados de "contaminación de las pruebas y falta de imparcialidad" de los jueces "como resultado de un juicio mediático paralelo y condenatorio". Así, asegura que "no se puede presuponer, como hacen las defensas, que la información periodística haya sido sesgada o manipuladora de la opinión pública, sino parte esencial de un debate social".
La Sala concluye que "la presión mediática no ha causado indefensión a los acusados, las pruebas periciales impugnadas no se acreditan contaminadas".
Voto particular: "Tendieron una encerrona a la víctima"
Dos de los cinco magistrados del tribunal que ha dictado la sentencia han emitido un voto particular discrepante al considerar que hubo un delito continuado de agresión sexual, al apreciar la existencia de intimidación.
El presidente del TSJN, Joaquín Galve, explica su voto particular en declaraciones a ETB:
Los dos magistrados consideran probado que no hubo consentimiento de la víctima y constatan "un acto de intimidación y coacción creado por todos ellos, tendiendo una encerrona a la víctima, teniendo en cuenta la prácticamente nula posibilidad de ésta de huir y/o escapar". En este punto, subrayan que las características del habitáculo, "de muy reducidas dimensiones", sin más acceso que la puerta por la que entraron.
Para estos dos jueces, además, en el delito de agresión sexual concurren dos agravantes, por una parte la circunstancia de que la intimidación revistió un carácter particularmente degradante o vejatorio, a la vista de cómo fueron realizados tales hechos, y por otro lado la prevista por el hecho de haber actuado conjuntamente dos o más personas.
Respecto a la agravante de trato degradante o vejatorio, el voto particular incide en que la víctima fue penetrada en varias ocasiones de forma simultánea, con un "innegable desprecio hacia la dignidad de una persona, aumentando su humillación de forma exponencial e innecesaria".
Además, por si lo anterior no fuera suficiente, los dos magistrados recogen cómo los inculpados fueron saliendo de forma escalonada, "dejando a la víctima tirada en el suelo y medio desnuda", una circunstancia aprovechada por uno de los procesados para sustraerle de su riñonera el móvil, extraerle las tarjetas de memoria y arrojarlas al suelo, con evidente ánimo, no solo de lucro, sino "también con la clara finalidad de impedir que la víctima pudiese solicitar ayuda de forma inmediata, consciente de que la dejaba abandonada, en una ciudad desconocida para ella y, al mismo tiempo, procurando la impunidad del grupo".
Más noticias sobre sociedad
Olatz Salvador y Maren completan el cartel de Aste Nagusia en el escenario de Abandoibarra
Así, en Abandoibarra, el sábado 16, a partir de las 23:30 horas actuarán Kai Nakai, Olatz Salvador y Maren Domingo, que darán paso el domingo 17, a partir de la misma hora a Janus Lester y Dupla.
Celedón clama contra el genocidio en Palestina y la violencia machista, y tiene un recuerdo para "los que no están"
Miles de personas han asistido en la plaza de la Virgen Blanca de Vitoria-Gasteiz a la 'Bajada del Celedón', en un acto en el que Iñaki Kerejazu, que encarna a este tradicional personaje, ha reclamado el fin del genocidio contra la población palestina. Además, ha expresado su rechazo a las agresiones machistas, y ha reivindicado la diversidad de las fiestas de la capital alavesa dando la bienvenida a todas las personas "con independencia de su origen".
Estalla la fiesta en Vitoria-Gasteiz de la mano de un Celedón reivindicativo
El aldeano de Zalduondo, encarnado por Iñaki Kerejazu, ha bajado desde la torre de la Iglesia de San Miguel hasta la Plaza de la Virgen Blanca que, al igual que todos los años y, a pesar del calor, estaba abarrotada de gente, deseosa de estallar de júbilo.
Polonia reabre proceso al periodista vasco Pablo González, al que podría juzgar en otoño
Han emitido la orden tras recibir documentos proporcionados por los servicios de inteligencia, con la posibilidad de celebrar el juicio a finales de octubre o principios de noviembre. Se enfrenta a una pena de prisión de entre 3 y 15 años.
Detenido un joven de 26 años en Vitoria-Gasteiz por acoso y maltrato habitual a su pareja
Los hechos tuvieron lugar ese domingo, cuando una patrulla de la Policía Local fue avisada de que un varón estaba acosando a una mujer, timbrando continuamente y aporreando la puerta de la vivienda.
Detectan casos de gripe aviar en gaviotas patiamarillas en Santurtzi y Erandio
Esta gripe aviar no afecta a las personas, ni representa un riesgo para la salud pública, si bien se han activado medidas de control preventivas en la zona con el fin de proteger la sanidad animal y minimizar cualquier posible impacto sobre el sector avícola.
Seis personas detenidas tras encontrar más de 500 plantas de marihuana en un chalé de lujo en Castro-Urdiales
El cultivo estaba ubicado en la planta baja de la vivienda , que tenía las ventanas y puerta al exterior selladas para que no saliera el olor.
Iñaki Kerejazu (Celedón): "Que sean unas fiestas seguras para todas; no vamos a permitir ningún tipo de agresión en Vitoria-Gasteiz"
Iñaki Kerejazu encarnará por segundo año consecutivo a Celedón y ya cuenta las horas para coger su tradicional paraguas, la bota de vino, el pañuelo y dar inicio de las fiestas de la Virgen Blanca a las 18:00 horas.
Bilboko Konpartsak organiza más de 600 actividades de cara a Aste Nagusia, entre ellas 250 conciertos
El deporte también será uno de los grandes protagonistas de la semana festiva. Tampoco faltarán las actividades para txikis casi a diario, talleres de arte y cocina, hinchables, marionetas y payasos, goitiberas y talleres de construcción de txosnas.
El número de jugadores online en España aumentó más de un 20% en 2024 por los 'bonos de bienvenida'
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impulsado una enmienda en la próxima Ley de Servicios de Atención a la Clientela para que esta norma incluya la prohibición de los llamados 'bonos de bienvenida'.