La Diputación afirma que actuó de oficio "dada la gravedad" del caso Costumero
El equipo psicosocial que elaboró el informe de la retirada de custodia de su hija a Irune Costumero asegura que actuó de oficio "dada la gravedad del caso", considerando "necesaria con carácter urgente la intervención del Servicio de Infancia y Familia de la Diputación Foral de Bizkaia".
La valoración del equipo de forenses tuvo lugar en el julio de 2016, cuando los Servicios Sociales de Base de Barakaldo derivan el caso Costumero al Servicio de Infancia de la Diputación Foral de Bizkaia, traspaso que tuvo lugar ante una valoración de "riesgo grave de desprotección" y por la "sospecha de maltrato emocional e instrumentalización en conflictos de las figuras parentales".
La Diputación asumió la guarda provisional de la menor en 2017, mediante orden foral, en cumplimiento de prestar "atención inmediata", autorizando la estancia de la menor con el padre y estableciendo un régimen de visitas con la madre.
Recorrido de la Diputación Foral de Bizkaia en el caso Costumero
En febrero de 2017, la Diputación inició el proceso de valoración de la menor, determinando que ésta y los progenitores —que entonces compartían la custodia de la niña— debían ingresar en un Programa de Intervención Familiar, con la intención de profundizar en la valoración de la situación y "poder facilitar la reparación del vínculo paternofilial".
En abril de ese mismo año, y ante el incumplimiento del régimen de visitas por parte de la madre, el padre solicita en el juzgado la modificación de medidas civiles en relación a la custodia.
En julio de 2017, el Servicio de Infancia observa la "grave situación de riesgo" en la que se encuentra la menor y determina que, hasta que se pronuncie el juez, es necesario asumir una guarda provisional. Con esta resolución buscan "ofrecer atención inmediata a la niña, con autorización de estancia con el padre, para valorar la relación de la menor con este y la posibilidad de su cuidado, a fin de evitar la adopción de otra medida de protección que implique una separación de su familia", medida que se aprueba ese mismo verano y que otorga la guarda provisional de la menor a la Diputación Foral de Bizkaia.
La decisión la fundamenta el informe de la coordinadora del caso, en el que se tienen en cuenta sendas valoraciones del Punto de Encuentro de Barakaldo, de la terapeuta del Programa de Intervención Familiar, un informe psicológico emitido por Osakidetza, un informe del Centro de Psiquiatría Infanto-Juvenil del Centro de Salud Mental de Ezkerraldea y otro del centro escolar que señala que en marzo de 2017 la menor presenta un absentismo del 70 %.
La valoración de los profesionales del Servicio de Infancia provoca un cambio drástico en las relaciones entre los progenitores y la menor, ya que autoriza la estancia con el padre y establece un régimen de visitas con la madre, mediante una orden foral. Así, según la Diputación, la niña recuperó contactos con su madre en septiembre de 2017, primero telefónicamente y, después, presencialmente, en forma de visitas supervisadas.
Desde entonces y hasta la actualidad, los tres miembros implicados siguen participando en planes de intervención familiar, pasando el caso a rotar entre las coordinadoras del Servicio de Infancia.
El 4 de enero de 2021, el Juzgado de primera instancia nº6 (Infancia) otorga al padre la guardia y custodia de la menor, manteniendo ambos progenitores la patria potestad y estableciendo un régimen de comunicación, visitas y estancias con la madre. La Fiscalía, por su parte, se posicionó también a favor de la guarda del padre.
Esta resolución desactiva la orden foral de asunción de guarda provisional y ratifica que la menor debe estar con el progenitor, sin dejar de tener visitas con la progenitora.
Juicio contra la Diputación Foral de Bizkaia
El 7 de junio comienza en la Audiencia de Bizkaia el juicio contra el actual diputado foral de Acción Social de Bizkaia, Sergio Murillo, y otros tres miembros de su departamento por firmar una orden foral por la que retiraban a Irune Costumero la custodia de su hija de cinco años al considerar que "la manipulaba contra su padre".
Según se recoge en el auto, en el proceso judicial se argumentó que Costumero ejercía sobre su hija el llamado "síndrome de alienación parental", una falsa patología que no está reconocida por ninguna institución médica o psiquiátrica internacional, pero que se aplica en los procesos judiciales y tiene como consecuencia la retirada de custodia de las madres acusándolas de influir en que sus hijos no quieran ver a sus padres.
En el juicio, que se celebrará entre el 7 y el 9 de junio, los imputados se enfrentan a una petición de 5 años y 6 meses de cárcel por delitos de prevaricación, maltrato y delito de lesiones psíquicas por haber arrebatado una hija a su madre sin conocimiento del juez, que previamente había resuelto un régimen de custodia compartida.
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