Las claves de la nueva ley de tráfico
La reforma de la ley de tráfico, que ha aprobado definitivamente este jueves el Congreso, tiene como fin la revisión de las infracciones que conllevan la pérdida de puntos y pone el acento en los comportamientos al volante que se consideran más peligrosos en la actualidad, como hablar con el móvil al volante.
Salvo alguna medida muy puntual, la ley no entrará en vigor hasta tres meses después de su publicación en el BOE.
Estas son las claves que recoge la nueva ley:
- Aumentan de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano el móvil. Se mantiene la multa de 200 euros y de 3 puntos de sanción si el infractor usa el móvil, pero no lo tiene en la mano.
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos (antes 4).
- Se eleva de cuatro a seis los puntos que se pierden por adelantar, poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.
- Suben de tres a cuatro los puntos a descontar por utilizar o no hacerlo de forma adecuada el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección.
- Se castiga con tres puntos poseer en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros y no solo su utilización como era antes.
- Pérdida de tres puntos por mantener ajustado entre el casco y la cabeza del usuario dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.
- Se unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo.
- Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
- Uso obligatorio del casco para usuarios de vehículos de movilidad personal, como patinetes.
- Los vehículos de movilidad personal y las bicicletas y ciclos no podrán circular por las aceras y demás zonas peatonales.
- Desde el 6 de julio de 2022 es obligatoria la incorporación de alcoholímetros antiarranque en vehículos de transporte de viajeros (por ejemplo, autobuses escolares). No cumplirlo es una infracción muy grave (500 euros).
- También se considera infracción muy grave "incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas", lo que acarrea una multa de 500 euros.
- Se añade como infracción leve (hasta 100 euros) por "incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo".
- Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT. No obstante, la recuperación de esos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir tales cursos.
- Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir se considerará una infracción muy grave, sancionada con 500 euros y 6 meses sin poder presentarse de nuevo.
- Las empresas de transporte de personas y de mercancías podrán acceder "online" al registro de conductores para conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Solo se informará en rojo (no en vigor) o verde (en vigor).
- Se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización para la obtención del permiso o licencia de conducir, que podrán impartirse también online siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual.
- Tasa cero de alcohol para los menores de edad conductores de cualquier vehículo.
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