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Un juzgado condena a Kutxabank a reintegrar 20 965 euros a una víctima de una ciberestafa

La víctima recibió un mensaje 'sms' en nombre de su entidad bancaria, en el que se le alertaba de un presunta entrada sospechosa a su cuenta y que incluía un enlace al que debía acceder si no reconocía este acceso. La resolución aún no es firme.
(Foto de ARCHIVO)

Sede de Kutxabank en Bilbao



REMITIDA / HANDOUT por KUTXABANK

Fotografía remitida a medios de comunicación exclusivamente para ilustrar la noticia a la que hace referencia la imagen, y citando la procedencia de la imagen en la firma

12/3/2024
Sede de Kutxabank en Bilbao. Foto de archivo: Europa Press

Un juzgado de Tolosa (Gipuzkoa) ha condenado a Kutxabank a reintegrar a la víctima de una ciberestafa bancaria un total de 20 965 euros (incrementados con los correspondientes intereses legales) que los ciberdelincuentes detrajeron de su cuenta tras hacerle caer en un engaño telemático.

Según explica la sentencia, los hechos sucedieron el pasado 6 de mayo, cuando el perjudicado, representado en este caso por el letrado Joseba Salegi, recibió un mensaje 'sms' en nombre de su entidad bancaria, en el que se le alertaba de un presunta entrada sospechosa a su cuenta y que incluía un enlace al que debía acceder si no reconocía este acceso.

Se da la circunstancia de que ese 'sms' "provenía del mismo hilo de mensajes que el cliente afectado "había estado recibiendo de su entidad bancaria hasta ese momento", destaca la resolución. Tras pinchar en este enlace fraudulento, la víctima recibió una llamada en la que un comunicante que se refería a él por su nombre le requirió unos códigos para poder parar el presunto acceso malicioso.

La víctima facilitó estos códigos al comunicante, quien seguidamente aprovechó la información obtenida "mediante engaño" para acceder a la banca en línea del perjudicado y realizar desde su cuenta una transferencia por el citado importe.

La sentencia considera ahora que la actuación del damnificado no fue "negligente" porque cumplió "con la diligencia exigible al consumidor medio". La resolución aún no es firme ya que puede ser recurrida ante la Audiencia de Gipuzkoa.

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