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Fernández Díaz defiende la 'doctrina Parot' en Bruselas

"Creemos que los Estados tienen el derecho de decidir sobre su política criminal y sobre la interpretación y aplicación de condenas", ha señalado el ministro de Interior.
Jorge Fernández Díaz, ministro de Interior. Foto: EFE
Jorge Fernández Díaz, ministro de Interior. Foto: EFE

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, defenderá este jueves ante sus homólogos comunitarios la aplicación de la llamada "doctrina Parot" y les trasladará el mensaje de que el próximo fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre la misma afecta a todos los Estados miembros de la UE.

"Creemos que los Estados tienen el derecho de decidir sobre su política criminal y sobre la interpretación y aplicación de condenas", ha señalado el ministro a su llegada al Consejo de Interior de la UE que tiene lugar este jueves en Bruselas.

El próximo 20 de marzo la Gran Sala del TEDH en Estrasburgo decidirá sobre la aplicación de la "doctrina Parot" a Inés del Río, exmiembro de ETA condenada a más de 3.200 años de cárcel por su participación en 23 asesinatos consumados y otros 57 en grado de tentativa.

Fernández Díaz ha afirmado que la "doctrina Parot", establecida por el Tribunal Supremo y que establece que las reducciones de condena se aplican sobre cada una de las penas impuestas y no sobre la acumulación de todas ellas, "no sólo se impone a terroristas sino también a criminales en serie, asesinos y otros delitos repugnantes".

El ministro ha asegurado haber tratado ya el asunto de forma bilateral con algunos de sus homólogos, que le habrían "mostrado sensibilidad" al respecto.

Recurso del Gobierno de España

El Gobierno de España presentó un recurso ante la gran sala del TEDH contra una sentencia anterior de este tribunal, que señalaba la incompatibilidad de la "doctrina Parot" con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitió el pasado julio una sentencia contraria a la "doctrina Parot" y aseguró que mantener en prisión a Inés del Río Pada por una revisión de la duración de la pena era "irregular".

El fallo, adoptado por unanimidad por la Sala Tercera de la Corte europea, decía que España violó los artículos 7 (no hay pena sin ley) y 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Pero España recurrió la sentencia condenatoria y el pasado mes de octubre un colegio de cinco jueces decidió que la Gran Sala del TEDH revisara la sentencia, que puede ser concordante o no con la anterior.

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