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El Supremo rebaja la condena de Nekane Txapartegi a 3 años y medio

El Tribunal Supremo ha reducido a la mitad la condena de Txapartegi al aplicar un artículo del Código Penal que permite rebajar las penas por delitos de menor gravedad.
Imagen de archivo de Nekane Txapartegi. Foto: EiTB
Imagen de archivo de Nekane Txapartegi. Foto: EiTB

El Tribunal Supremo ha reducido a la mitad, de seis años y nueve meses de cárcel a tres años y medio, la condena impuesta a Nekane Txapartegi por un delito de colaboración terrorista.

El alto tribunal ha aplicado el artículo del Código Penal, reformado en 2015, que permite a los jueces y tribunales rebajar las penas por estos delitos cuando el hecho "sea objetivamente de menor gravedad atendidos el medio empleado y el resultado producido".

Con este pronunciamiento, queda revocada la decisión de la Audiencia Nacional, que desestimó la petición de Nekane Txapartegi de que le fuese aplicado ese artículo.

Txapartegi fue condenada en diciembre de 2007 a once años de cárcel por el delito de integración en ETA, pena que fue reducida en 2009 por el Supremo a 6 años y 9 meses de prisión por entender que el delito era de colaboración y no de integración, y que ahora rebaja de nuevo en aplicación del nuevo artículo del Código Penal.

Para justificar el fallo, el Supremo señala que Txapartegi colaboró con ETA durante un mes y el único acto que consumó fue entregar dos pasaportes a otra persona que tenía que hacerlos llegar a su vez a la organización armada para que fueran utilizados por dos de sus miembros.

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