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El Tribunal Supremo anula la absolución de Iparragirre por el atentado de Oviedo perpetrado en 1997

El Supremo estima el recurso de la Fiscalía y ordena a la Audiencia Nacional que dicte una nueva sentencia.
Marisol Iparragirre, en la Audiencia Nacional, en una imagen de archivo.
Marisol Iparragirre, en la Audiencia Nacional, en una imagen de archivo. Foto: EFE

El Tribunal Supremo ha anulado la absolución de la que fuera miembro de ETA Marisol Iparragirre por el atentado contra el cuartel de la Policía Nacional de Buenavista en Oviedo en 1997, y ha ordenado a la Audiencia Nacional que dicte una nueva sentencia, ante la "falta de coherencia" de la anterior.

Se trata de la segunda absolución que el alto tribunal anula a Iparragirre, después de que ya hiciera lo mismo contra la sentencia de la Audiencia que la absolvió de un atentado frustrado con coche bomba en 1985 frente al polideportivo Mendizorroza, en Vitoria-Gasteiz, por un "grave error" en la valoración de una prueba. La nueva sentencia la condenó a 425 años de cárcel.

Ahora vuelve a ocurrir lo mismo. La Audiencia Nacional la absolvió de tres asesinatos en grado de tentativa, estragos y lesiones, causados por un atentado con granadas contra la comisaría de Oviedo, al considerar que es "cosa juzgada", tras haber sido ya condenada en Francia como dirigente de ETA y por preparar atentados en España estando en el país francés.

Pero el Supremo estima el recurso de la Fiscalía y ordena a la Audiencia Nacional que dicte una nueva sentencia al advertir de las "importantes grietas de motivación" y "falta de coherencia" de la anterior, valorando determinadas pruebas que excluyó entonces.

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