El Supremo anula el traspaso a Euskadi de la homologación de títulos extranjeros
El Tribunal Supremo ha anulado en su totalidad el Real Decreto por el que se traspasan Euskadi funciones y servicios de homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros a un título universitario oficial español.
En dos sentencias la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo concluye que si para el Tribunal Constitucional "la actividad administrativa de verificación de las condiciones de expedición de títulos profesionales asociados a enseñanzas universitarias ha de ser competencia exclusiva del Estado, por las mismas razones (…) ha de serlo la consistente en verificar la procedencia de la homologación de títulos universitarios extranjeros, ya que requiere comprobar la enseñanza gracias a la cual se han obtenido".
En el momento en el que el Tribunal Supremo decretó la suspensión cautelar del traspaso a Euskadi de las funciones para la homologación de títulos extranjeros en julio de 2024, el Gobierno Vasco reivindicó que se trataba de una competencia contemplada en el Estatuto y legalmente asumida por las instituciones vascas.
El tribunal se plantea si el Acuerdo que recoge el Real Decreto impugnado es una ampliación de funciones y servicios en materia de enseñanza a la CAV o si, por el contrario, se trata de una transferencia extra-estatutaria, contraria a la Constitución, de una competencia de la que carece.
Para resolverlo, acude a la doctrina del Tribunal Constitucional (en sentencia invocada en el proceso relativo a las profesiones de abogado y procurador) sobre la competencia estatal en materia de expedición de títulos que subraya que corresponden al Estado, no sólo la regulación, sino también aspectos ejecutivos, como son los relativos a la comprobación de los niveles de exigencia de la formación necesaria para obtenerlos.
Añade que "no hay razones para entender que no sea estatal, de acuerdo con el artículo 149.1 30ª de la Constitución, la competencia administrativa de verificación de los cursos conducentes a los títulos que habilitan para el ejercicio de las profesiones de Abogado y Procurador y no lo sea la de verificar la procedencia de la homologación de títulos universitarios extranjeros que habilitan para ejercer profesiones tituladas".
Esto significa, según apunta, que la competencia, aun siendo ejecutiva, es del Estado. Por tanto, señala que "no caben traspasos de funciones y servicios a las Comunidades Autónomas en los términos en que se ha efectuado por el Real Decreto 366/2024 y el Acuerdo que contiene".
El Gobierno Vasco estudia recurrir ante el TC
El Gobierno Vasco ha considerado "inaceptable" la sentencia del Tribunal Supremo que ha anulado el traspaso a Euskadi de la capacidad para homologar títulos universitarios extranjeros.
"Esta sentencia del TS pretende socavar un acuerdo político de carácter bilateral que es fundamental para el desarrollo del autogobierno vasco y para dar respuesta a las necesidades de miles de vascas y vascos. Esta sentencia es una intromisión clara en el ámbito político", han señalado fuentes de Lehendakaritza.
El Ejecutivo autonómico, que estudia recurrir ante el Tribunal Constitucional, ha mostrado "totalmente defraudado", dada la "enorme trascendencia política" de esta competencia y "su trascendencia en las necesidades que Euskadi tiene de profesionales (médicos, enfermeras, etc.) y que hoy han visto denostados sus derechos".
El Gobierno Vasco ha considerado que esa sentencia del Supremo "también interpela al Gobierno español", al que reclama que "realice de manera urgente todos los cambios jurídicos necesarios para revertirla y que hechos como estos no puedan volver a suceder".
"Unas modificaciones que impidan que determinados tribunales puedan juzgar ámbitos que no son de su competencia" porque "desde instancias judiciales siguen pensando que las personas sólo tienen derechos si los gestiona un poder central y en manos de unos pocos", han añadido las fuentes de Lehendakaritza.
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