El Gobierno Vasco abre la puerta a terminar con la interinidad en la Administración
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas que actualizará la estructura del personal de la Administración General de la CAV y sus organismos autónomos. La administración podrá hacer una OPE en caso de que la interinidad supere el 40 % de la plantilla.
Según ha informado el Gobierno Vasco en un comunicado, el personal interino que tengan como mínimo ocho años de antigüedad en los cuerpos y escalas a los que pertenezcan las plazas convocadas podrán optar a una plaza realizando una prueba práctica relacionada con los procedimientos y funciones habituales de los puestos de cada convocatoria. Será una prueba eliminatoria dentro de los concursos-oposición.
La consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, Olatz Garamendi, ha hecho en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno un resumen de este texto legislativo que, a partir de ahora, será remitido al Parlamento Vasco para su tramitación.
La ley permitirá reordenar las funciones y titulaciones para cada puesto de trabajo y simplificará el número de grupos y subgrupos profesionales de la Administración. Asimismo, flexibilizará los procesos para actualizar y modificar los requisitos de cada puesto en función de los cambios que se produzcan en las titulaciones profesionales.
Esto redundaría en una mejora en la organización de los recursos humanos lo que, a su vez, permitiría una respuesta adecuada a las necesidades de la ciudadanía. Supondría, además, un avance en la racionalización de la selección del personal, en coherencia con las necesidades organizativas de cada momento.
La futura ley busca simplificar el actual número de grupos y subgrupos, de modo que habrá 2 cuerpos profesionales y, dentro de ambos, se incluirán 54 escalas:
El Cuerpo general: que integrará a quienes realizan funciones vinculadas a la actividad administrativa. Este cuerpo tendrá 4 escalas profesionales: superior de la Administración, de gestión administrativa, administrativa y auxiliar administrativa.
El Cuerpo especial: integrará a quienes realizan funciones que requieren un conocimiento específico propio de una profesión o de puestos determinados. Este cuerpo distinguirá 50 escalas profesionales, como, por ejemplo, farmacia, minas, jurídica, cartográfica, medicina, urbanismo, etc.
El proyecto de ley contiene dos disposiciones adicionales que posibilitarán la creación de turnos especiales de acceso en las OPE para los trabajadores interinos que acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en los cuerpos y escalas a los que pertenezcan las plazas convocadas.
Este canal se habilitará en los casos en los que la interinidad supere un 40% de la plantilla. El proceso constará de una única prueba, de carácter práctico, relacionada con los procedimientos y funciones habituales de los puestos de cada convocatoria. Será una prueba eliminatoria dentro de los concursos-oposición.
En la práctica será una vía para consolidar empleo en puestos que actualmente están cubiertos por personal interino y que aportan una experiencia y conocimiento de gran valor para nuestra Administración. Esta norma ofrecerá la cobertura necesaria para afrontar este proceso con garantía jurídica y respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir siempre en la Función Pública.
¿Qué opinan los interinos del Proyecto de Ley del Gobierno Vasco?
Un parche, según ELA
El sindicato ELA ha rechazado el proyecto porque "es un parche que no soluciona la lacra de la temporalidad del sector público".
En un comunicado, ELA entiende que el proyecto "no es la solución a la dramática situación que hoy viven más de 50.000 empleados temporales del sector público vasco".
Respecto a las disposiciones adicionales, según ELA son las mismas que se introducían en la Ley de Empleo Público Vasco que fue rechazado por todos los sindicatos con representación en la Mesa General.
Según ELA, las disposición sobre los turnos para interinos "no garantiza la consolidación, ya que la fase de oposición sigue teniendo carácter eliminatorio y la puntuación que se le otorga a la experiencia en el puesto convocado no resulta determinante para la obtención del puesto".
Además, muchos temporales no podrían participar en este turno, ya que "se pone como requisito una antigüedad mínima de 8 años y las plazas que se ofertarían por este turno son como máximo el 60% de las convocadas, infinitamente inferiores a las personas que se debe consolidar".
Para ELA, la solución pasa por la eliminación de las tasas de reposición impuestas desde Madrid, que dificultan sobremanera estos procesos de consolidación y la obligatoriedad de hacer procesos de consolidación en todo el ámbito público sin excepciones.
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