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2026 traerá más controles sobre Bizum, pero solo para profesionales y empresarios

La Agencia Tributaria reforzará a partir de 2026 la información que recibe sobre pagos digitales, incluidas las operaciones con Bizum, aunque la medida se limitará a la actividad económica y no afectará a los intercambios entre particulares.
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Hacienda ha salido al paso de las dudas generadas en torno a los nuevos controles sobre pagos digitales y ha aclarado que solo deberán declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales, quedando excluidos los pagos entre particulares. Así lo ha señalado en una nota aclaratoria publicada en su página web.

La aclaración llega tras la actualización de las obligaciones informativas aprobada el pasado mes de abril, con la que el Gobierno español busca reforzar la lucha contra el fraude fiscal en un contexto de creciente digitalización financiera. Entre los cambios, destaca la ampliación de las entidades obligadas a facilitar información a la Agencia Tributaria, que ya no se limitará a bancos, sino que incluirá también a entidades de pago y de dinero electrónico que operen en España.

Otra de las principales novedades es que la información pasará a remitirse con carácter mensual, y no anual, independientemente del importe de las operaciones. Hasta ahora, solo se comunicaban los cobros con tarjeta a partir de 3.000 euros. Además, el control se extenderá a un abanico más amplio de productos financieros, como cuentas bancarias y no bancarias, de ahorro, de pago o imposiciones a plazo, incluso aunque no generen rendimientos.

En lo que respecta a los cobros, las entidades deberán informar de todas las operaciones realizadas por empresarios o profesionales con cualquier tipo de tarjeta, tanto física como virtual. Como novedad, se incluirán también las operaciones efectuadas mediante sistemas que utilizan el número de teléfono móvil, como Bizum, pero únicamente cuando se trate de actividad profesional, quedando excluidos los pagos entre particulares.

La reforma incorpora asimismo una nueva obligación anual de información para las tarjetas con un volumen de operaciones superior a 25.000 euros, tanto de profesionales como de particulares, que recogerá el total anual de abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y gastos en establecimientos.

Según la Agencia Tributaria, el objetivo es adaptar la normativa a la realidad financiera actual y disponer de información más detallada y periódica para afrontar los nuevos retos en materia de fraude fiscal y eficacia recaudatoria. Los primeros datos de los informes mensuales llegarán a Hacienda en febrero de 2026.

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