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El TSJPV no ve causas objetivas para el cierre de GTS, pero no anula los despidos

Para ELA, esta sentencia "no hace más que evidenciar que es más necesaria que nunca la derogación de las reformas laborales".
Fábrica de Gestamp en Zamudio (Bizkaia). Foto: Wikimedia

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha considerado que no existen causas objetivas para el cierre de la planta de la ingeniería de troqueles GTS del grupo Gestamp, en Zamudio (Bizkaia), aunque no ha declarado nulo el ERE de extinción de contratos, según han informado fuentes del sindicato ELA, que recurrió el cierre.

La sentencia, con fecha de ayer, se dicta después de que la dirección de la empresa y el sindicato mayoritario LAB, con fecha de 25 de noviembre, alcanzasen un acuerdo que aceptaba el cierre de la planta.

El sindicato ha explicado que la sentencia del alto tribunal reconoce expresamente que la dirección de GTS carecía de motivos para cerrar la empresa y declara "injustificado", pero no nulo, el ERE planteado para despedir a sus 54 empleados.

El sindicato ha lamentado que el ERE no haya sido declarado nulo, lo que hubiera supuesto "un verdadero golpe para la empresa en su objetivo de destruir los puestos de trabajo", y ha avanzado que analizará la posibilidad de recurrir la sentencia al considerar que existen causas para la nulidad.

A su juicio, esta sentencia "no hace más que evidenciar que es más necesaria que nunca la derogación de las reformas laborales, que deja en manos de las empresas la decisión de ejecutar los despidos colectivos".

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