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La Seguridad Social, condenada en el caso de una muerte por amianto

Deberá pagar las prestaciones que se derivan de la enfermedad profesional reconocida a un trabajador fallecido por su exposición al amianto.

Un juzgado de Donostia-San Sebastián ha reconocido que son el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social las entidades responsables del pago de prestaciones que se derivan de la enfermedad profesional reconocida a un trabajador fallecido por su exposición al amianto.

Según ha informado CCOO-Euskadi en un comunicado, el operario desarrolló su actividad laboral en "varias empresas", en "algunas de las cuales estuvo expuesto al amianto".

El trabajador falleció el 4 de julio de 2014 a consecuencia de un mesotelioma, dolencia relacionada con la exposición al amianto.

La misma fuente ha indicado que "la resolución INSS por la que se declaraba el origen profesional de la enfermedad hacía responsable a la mutua Fremap del pago de las prestaciones".

No obstante, la sentencia establece ahora que, si bien en el momento en el que se declara la enfermedad como profesional era Fremap la entidad encargada de la cobertura de las contingencias profesionales, en la época en la que se produjo la exposición al amianto esta cobertura recaía sobre el INSS.

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