El TSJN autoriza el acto de la asociación Ahaztuak
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha estimado el recurso presentado por la asociación Ahaztuak contra la prohibición por parte de la Delegación del Gobierno del acto convocado para el domingo en Pamplona/Iruña bajo el lema "Memoria y Libertad".
Fue ayer cuando la asociación Ahaztuak denunció la "prohibición" del acto organizado para este domingo, fecha en la que se cumple el 40 aniversario de los fusilamientos de tres militantes del FRAP, José Humberto Baena, José Luis Sánchez Bravo y Ramón García Sanz, y dos militantes de ETA político-militar, Juan Paredes Manot (Txiki) y Ángel Otaegi
El recurso fue interpuesto por un ciudadano, entre otras razones por entender que la resolución de la Delegación del Gobierno se dictó fuera del plazo de 72 horas establecido en la ley, un plazo que, según la sentencia, "es evidente" que "no fue respetado" pues habiéndose presentado la comunicación el día 15 de septiembre, la resolución fue notificada el 22 siguiente.
Yendo al "fondo del asunto", la sentencia analiza si las razones dadas por la Delegación "son suficientes para prohibir el derecho fundamental de reunión".
Al respecto, recuerda que la Delegación del Gobierno esgrimió "una serie de indicios" que le hacían presumir que el "motivo real" para celebrar dicha movilización no era otro que el de homenajear a miembros de las bandas terroristas ETA y FRAP, con lo que se estaría cometiendo un delito de enaltecimiento del terrorismo.
Sin embargo, el tribunal considera que "dista mucho de quedar acreditado" que el enaltecimiento del terrorismo sea el propósito de la convocatoria.
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