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El Tribunal de Estrasburgo avala no excarcelar a presos por el COVID-19

El Tribunal de Estrasburgo ha dicho que los dos demandantes están en situación de prisión preventiva en las cárceles de Tolmezzo y Turín.
Tribunal de Estrasburgo
Tribunal de Estrasburgo. Imagen obtenida de un vídeo de ETB.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado la aplicación de medidas provisionales para la excarcelación de dos presos en cárceles italianas que habían dado positivo en el test de la COVID-19, según han informado fuentes de la Corte europea.

Sin comunicar la identidad de los presos por respeto a la confidencialidad médica, el Tribunal de Estrasburgo ha dicho que los dos demandantes están en situación de prisión preventiva en las cárceles de Tolmezzo y Turín (noroeste y noreste de Italia, respectivamente).

Los reclusos han solicitado "ser puestos en libertad y quedar bajo arresto domiciliario". Tras recibir el TEDH la información requerida a las autoridades italianas, se ha rechazado la medida urgente, al considerar suficiente la garantía de ausencia de riesgo.

El artículo 39 del Reglamento del TEDH supone la aplicación de medidas cautelares cuando hay un riesgo inminente de un daño irreparable. La mayoría de las solicitudes pretenden evitar una extradición o expulsión a países con un riesgo real grave.

También se ha invocado en el pasado para suspender el desahucio de menores o el derribo inminente de un bien, garantizar la celebración de un referéndum o impedir la disolución de un partido político.

Según las mismas fuentes, la Corte europea "ha recibido numerosas solicitudes de medidas cautelares", relativas al riesgo de contagio de coronavirus por parte de presos en Italia, Francia, Turquía y algunos otros países.

Entre los reclusos en cárceles francesas, Estrasburgo no ha recibido solicitudes de presos de ETA que cumplen condena en ese país, pese a que algunos como el histórico dirigente etarra Josu Ternera sí han realizado esa petición ante la Justicia gala.

No se han recibido demandas de medidas cautelares de presos en centros penitenciarios españoles.

Tras el rechazo de la aplicación de una medida cautelar, el demandante puede presentar una queja ante el TEDH, bajo el artículo 34 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que regula las demandas de presuntas víctimas de una violación de derechos humanos.

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(Foto de ARCHIVO)

Aplicación de líquido antideslizante en el recorrido del encierro.



REMITIDA / HANDOUT por CRISTINA NUÑEZ - AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA

Fotografía remitida a medios de comunicación exclusivamente para ilustrar la noticia a la que hace referencia la imagen, y citando la procedencia de la imagen en la firma

02/7/2025
18:00 - 20:00
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