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Condenado a casi 13 años de cárcel el acusado por el homicidio de Asier Niebla

En concreto, ha sido condenado a 12 años y 11 meses de cárcel por un delito de homicidio con el agravante de género. El condenado deberá permanecer también 5 años en situación de libertad vigilada.
Un momento del juicio del caso Niebla en la Audiencia de Gipuzkoa.
Juicio por el homicidio de Asier Niebla. Foto: Efe

El acusado por el homicidio del joven de Urnieta (Gipuzkoa) Asier Niebla, quien murió en 2018 en Donostia-San Sebastián tras ser golpeado por la expareja de una chica con la que conversaba, ha sido condenado a 12 años y 11 meses de cárcel por un delito de homicidio con el agravante de género.

Según la sentencia del caso, el condenado deberá permanecer también 5 años en situación de libertad vigilada una vez cumplida la pena de prisión.

El procesado deberá indemnizar económicamente con 100.000 euros a cada uno de los progenitores de Niebla y con 40 000 a cada uno de sus dos hermanos.

El caso de Asier Niebla se situó el pasado noviembre en el centro de la opinión pública después de que el Ayuntamiento de Urnieta (Gipuzkoa), de donde era natural, suscribiera una propuesta de modificación legal para que su vecino y el resto de varones puedan ser considerados víctimas de la violencia machista, al igual que las féminas.

Esta iniciativa fue contestada por colectivos feministas que consideraron "intolerable" que una institución pública como el consistorio crease "un debate ficticio mezclando conceptos y confundiendo a la ciudadanía" con su propuesta.

No obstante, el tribunal del jurado que enjuició el caso en la Audiencia de Gipuzkoa el pasado diciembre, reconoció la agravante de género en este asunto, como demandaban las acusaciones particular, que ejercía la familia del fallecido, y popular, en representación del Ayuntamiento de Urnieta.

Ahora, en esta misma línea, la sentencia recoge que "el motivo único y exclusivo de la agresión fue que Asier Niebla se relacionaba con la expareja sentimental del agresor momentos antes de ser agredido, independientemente de que el contacto" entre la chica y el fallecido "derivara o no de una relación previa que ya se había iniciado entre ambos".

"Si salía con otro chico" lo "atacaría"

El texto judicial recuerda además que el encausado "había expresado repetidamente" a su excompañera que "si salía con otro chico" lo "atacaría", para impedir "que entablase una relación sentimental con otra pareja".

La sentencia agrega que, "con el ataque perpetrado contra Asier", el procesado "cumplió su previo aviso" y convirtió a la chica "en responsable de la muerte, al no haberse plegado a su voluntad y deseo posesivo respecto de ella".

"De esta forma, mató a Asier Niebla convirtiéndolo en víctima por razones de género del dominio ejercido contra su exnovia", zanja el texto judicial.

"Además -prosigue el documento-, volvió a ejercer su dominio sobre ella, coartando gravemente su libertad, ya que mató a Asier e impidió irremisiblemente su relación con él, pues destruyó la vida de la persona con la que libremente había decidido iniciar una relación sentimental".

La sentencia justifica, por otra parte, la aplicación de la agravante de género "en el contexto íntegro" en el que actuó el acusado para "acabar con la vida" de su víctima, "en cuanto que varón que se relacionaba" con una mujer que el procesado creía que "le seguía perteneciendo" y que, "por razón de su género, carecía de libertad de elección en materia afectivo-sexual".

La sentencia precisa también que el inculpado "conocía y practicaba artes marciales como el 'jiu-jitsu'" y "entrenaba con habitualidad con pesas y golpeando con el puño un saco y unos neumáticos, equipamiento que tenía instalado en su propio domicilio".

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