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El TSJN rebaja seis meses una condena de agresión sexual por la ley del "solo sí es sí"

El auto cuenta con el voto particular discrepante de la magistrada Esther Erice Martínez, quien, como el Ministerio Fiscal, abogó por mantener la condena impuesta.
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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha dictado la primera resolución sobre un recurso presentado contra una denegación de revisión de condena, y ha rebajado seis meses  —de 14 años y 3 meses a 13 años y 9 meses de prisión— la pena impuesta a un condenado por un delito continuado de agresión sexual a una menor por la aplicación de la nueva ley del "solo sí es sí".

La resolución judicial, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, ha sido dictada con el voto favorable del presidente del TSJN, Joaquín Galve Sauras, y el magistrado Francisco Javier Fernández Urzainqui, que ha sido el ponente. El auto cuenta con el voto particular discrepante de la magistrada Esther Erice Martínez, quien, como el Ministerio Fiscal, abogó por mantener la condena impuesta.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial desestimó el pasado diciembre la petición de revisión de condena planteada por la defensa, que solicitaba una pena de 13 años y 9 meses de prisión, seis meses menos que los fijados en la condena.

El apelante fue condenado en noviembre de 2017 a 14 años y 3 meses de prisión, como autor responsable de un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años con prevalimiento de parentesco.

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