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El Tribunal Supremo avala la rebaja de penas por la ley del 'solo sí es sí'

El Pleno del TS confirma así los criterios de las Audiencias Provinciales en las revisiones de penas tras la reforma de la Ley Orgánica 10/2022, y fija una jurisprudencia para aportar claridad a los tribunales autonómicos.
Una joven muestra un cartel con el mensaje "No es abuso, es violación". Foto de archivo: EFE
Una joven muestra un cartel con el mensaje "No es abuso, es violación". Foto de archivo: EFE

El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de la Fiscalía contra las rebajas de condenas a agresores sexuales como consecuencia de la entrada en vigor de la reforma del Código Penal incluida en la ley del 'solo sí es sí', y confirma, por tanto, los criterios de las Audiencias Provinciales en las revisiones de penas efectuadas tras la reforma de la Ley Orgánica 10/2022. 

Tanto Igualdad como la Fiscalía defendían que no había que reducir las penas en sentencia firme si estas estaban incluidas en la horquilla de la nueva norma, pero la Sala de lo Penal ha rechazado todos los recursos del Ministerio Público que postulaban el incremento de las condenas, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela.

Con esta posición, el Supremo fija una jurisprudencia para aportar claridad a los tribunales autonómicos, que no coinciden en su forma de proceder dado que algunos tribunales sí han rebajado las penas, pero otros, en cambio, no lo han hecho.

Hasta ahora la Sala solo había resuelto recursos de casación presentados contra sentencias que no eran firmes cuando entró en vigor la ley, de las cuales acordó 28 rebajas de penas y mantuvo 47 condenas.

En esta ocasión, la Sala ha estudiado en este Pleno monográfico 29 recursos de casación (7 de la Fiscalía y 22 de condenados por delitos sexuales) presentados contra las revisiones que han realizado las Audiencias Provinciales de sentencias de delitos sexuales que ya eran firmes cuando entró en vigor la Ley Orgánica 10 / 2022.

Los recursos analizados corresponden a revisiones de sentencias efectuadas por las Audiencias Provinciales de Madrid (8), Barcelona (1), Palma de Mallorca (2), Bilbao (1), Soria (1), Toledo (1), Guadalajara (1), Las Palmas (3), Pontevedra (3) A Coruña (1), Valencia (3), Castellón (1), Almería (1), y Cádiz (2).

Las sentencias se conocerán en los próximos días, y por su interés se publicarán en una pestaña específica en la página web del Tribunal Supremo para su consulta general.

Según datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), hasta el 1 de mayo, los tribunales han acordado al menos 1079 reducciones de pena en aplicación de la nueva ley, entre ellas 108 excarcelaciones; esto es, el 30 % de las condenas revisadas en España implican una reducción de la pena del reo.

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