Rebajan en un año la pena a uno de los condenados de La Manada en aplicación de la ley de 'Solo sí es sí'
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado en un año —de 15 a 14 años— la pena de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a uno de los cinco condenados por la agresión sexual grupal de los Sanfermines de 2016 en aplicación de la conocida como ley de "Solo sí es sí".
La rebaja será aplicada a Ángel Boza, quien pidió la reducción con la entrada en vigor de la Ley de de Garantía Integral de la Libertad Sexual. La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, no ha sido unánime y cuenta con un voto particular contrario a la rebaja (los otros dos magistrados, el presidente de la Sala incluido, han firmado favorablemente).
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN sostiene que la condena debe reducirse puesto que el propio Tribunal Supremo señaló en su sentencia que imponía una condena de 15 años, "próxima" o "cercana" a la pena mínima, que la citada ley rebajó "sensiblemente".
La Sala argumenta, así, que ha de aplicarse la pena "más favorable" para el reo. Según explican, el mantenimiento de la pena de 15 años alejaría al condenado del mínimo legal "agravando la situación relativa del penado que de 9 meses de prisión por encima de la mínima entonces prevista pasaría a soportar una pena 2 años superior a la mínima que le correspondería conforme a la Ley Orgánica 10/2022."
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial rechazó el pasado febrero la solicitud de revisión planteada por la defensa de este condenado, que pedía que se le rebajara a 13 años y 9 meses. La defensa de Boza recurrió entonces ante el TSJN; todas las acusaciones —la fiscal, la denunciante, el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona— solicitaron su desestimación.
Voto particular
Esta resolución judicial cuenta con el voto particular discrepante de la magistrada Esther Erice, quien señala que, "según lo expuesto por el Tribunal Supremo, la pena imponible resultante de la operación de revisión no puede determinarse atendiendo a meros criterios de proporcionalidad aritmética. Tampoco puede ser valorada absolutamente en abstracto, sino en concreto, es decir, refiriéndose a la pena que resulta imponible en el caso enjuiciado, bajo un criterio de consideración de todos los elementos concurrentes y teniendo en cuenta el criterio individualizador fijado por el Tribunal sentenciador en la resolución judicial".
Para la magistrada, ni siquiera en una aplicación meramente aritmética resulta procedente la rebaja, ya que "debe atenderse no sólo a la cercanía de la pena de 15 años al nuevo mínimo posible, sino también a la gravedad de los hechos, según se valora en la sentencia que se ejecuta".
Recurso
Por su parte, la víctima de la violación grupal de los Sanfermines de 2016 recurrirá ante el Tribunal Supremo la decisión del TSJN al considerar que los magistrados "no han tenido en cuenta la gravedad de los hechos". Así lo ha anunciado su abogda, Teresa Hermida, quien ha añadido que "aún deben analizar con profundidad el auto" que reduce el castigo penal a Ángel Boza. Se apoyará previsiblemente en el voto particular de la magistrada Erice.
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