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Condenado a pagar 18 000 euros el dueño de La Gilda del Norte por emplear “de forma reiterada” a trabajadores en situación irregular

El dueño de la empresa deberá abonar, además de la multa, 7500 euros como indemnización a los trabajadores afectados. La sentencia recoge que les advertía de que debían esconderse en caso de inspección.

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Imagen del Palacio de Justicia de Bilbao. Foto: EITB Media

El dueño de La Gilda del Norte deberá abonar una multa de 18 000 euros por emplear “de forma reiterada a ciudadanos extranjeros sin permiso de trabajo”. Además, la Audiencia de Bizkaia le ha condenado a abonar una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 2500 euros para cada uno de los tres trabajadores que han ejercido la acusación particular, de manera que deberá abonar otros 7.500 euros.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha informado de que la Sección Segunda de la Audiencia de Bizkaia declara probado que el acusado se dedicó entre diciembre de 2018 y mayo de 2021 a "la contratación reiterada" de ciudadanos extranjeros en situación irregular.

Obligados a esconderse

Estos ciudadanos carecían de permiso de trabajo y no estaban dados de alta en la Seguridad Social, y el dueño de la empresa evitó poner en conocimiento de las autoridades españolas la condición de trabajadores de su empresa de estas personas. De hecho, según recoge la sentencia, el dueño de la empresa advertía a los empleados de que en caso de inspección tenían que esconderse en las instalaciones de la empresa.

“Se acredita que el acusado de forma asidua o reiterada ocupaba a ciudadanos en situación irregular en España sin permiso de trabajo. Debido a ello y a la necesidad de subsistencia, se veían abocados a asumir las condiciones laborales que les ofrecía, aprovechándose de que se encontraban en posición de debilidad por la amenaza de poder ser expulsados del territorio nacional”, recoge la sentencia.

Delito contra los derechos laborales

El dueño de La Gilda del Norte deberá abonar la citada multa de 18.000 euros como “autor de un delito contra los derechos de los trabajadores”, mientras que los otros 7.500 euros los abonará en concepto de responsabilidad civil por los daños morales causados.

La Audiencia de Bizkaia, en cambio, ha absuelto a la hija del dueño de la empresa de cualquier delito, ya que no ha quedado acreditado que participara "de alguna manera en la contratación de trabajadores ilegales en la empresa de su padre", ni que actuara "en calidad de gerente de dicha mercantil".

La sentencia no es firme, y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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