VIOLENCIA SEXUAL
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Condenado a 12 años y 6 meses de prisión por violar a su compañera de piso en Navarra

La víctima, de 34 años, y sus dos hijas se encontraban en una situación de extrema vulnerabilidad y se vieron obligadas a seguir compartiendo vivienda con el agresor, quien volvió a cometer abusos contra ella.

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a un total de 12 años y 6 meses de prisión a un hombre que en marzo de 2024 violó a su compañera de piso en Tudela. En la sentencia, el tribunal impone 9 años de prisión por un delito de violación y 3 años y 6 meses más por otro delito de tocamientos sin consentimiento, agravados ambos por haberse prevalido de la situación de convivencia existente

Además, el condenado, de 47 años, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima, de origen extranjero, de 34 años, a menos de 200 metros durante 18 años y 6 meses. También deberá cumplir una medida de libertad vigilada de otros 9 años. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará con 15.000 euros por el daño moral.

Relato de los hechos

En febrero de 2024, la mujer se trasladó con sus dos hijas pequeñas a una habitación alquilada en Tudela, donde también residía el acusado. Según la sentencia, se encontraba en una situación de extrema vulnerabilidad, con dificultades para comunicarse en castellano.

En marzo de ese mismo año, el hombre invadió su espacio y la agredió sexualmente en dos ocasiones. Además, se mostró violento, con actidudes humillantes y despectivas.

Presiones a la víctima

En la sentencia, la Sección Segunda de la Audiencia asegura que las pruebas practicadas permiten desvirtuar la presunción de inocencia del procesado. Los magistrados destacan, asimismo, “la credibilidad y fuerza de convicción” del relato de la víctima.

Además, los testigos —los policías y voluntarios de apoyo— ratificaron que la denunciante se encontraba extremadamente alterada y angustiada al referir los hechos.

Por otra parte, el tribunal destaca que en este procedimiento existe “un relevante elemento de corroboración” que consiste en los audios de las conversaciones mantenidas por redes sociales entre las personas implicadas. En ellos se evidencia que el entorno del acusado trató de presionar a la víctima para que no interpusiera la denuncia.

La sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

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