Tribunal de Derechos Humanos
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Estrasburgo condena a Francia por sancionar un insulto a Sarkozy

Le condenaron por ofensa al presidente de la República y le impusieron una multa de 30 euros, exentos de cumplimiento.
Un ciudadano francés fue sancionado por insultar a Nicolas Sarkozy. Foto: EiTB

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a Francia por la pena impuesta a un ciudadano que insultó en un acto público en 2008 al entonces presidente, Nicolas Sarkozy.

Los jueces de Estrasburgo consideraron una violación de la libertad de expresión la condena impuesta al ciudadano Hervé Eon por haber portado una pancarta con la frase "Lárgate, pobre gilipollas" durante un acto de Sarkozy en Laval, en el noroeste del país. Eon, que había sido cargo público socialista, acudió a ese acto con esa pancarta que reproducía una frase que unos meses antes el propio Sarkozy había espetado a un campesino que se negó a darle la mano durante el Salón de la Agricultura.

El presidente llevó a Eon ante los tribunales, que le condenaron, en primera y en segunda instancia, por ofensa al presidente de la República y le impusieron una multa de 30 euros, exentos de cumplimiento. El Tribunal Supremo rechazó el recurso presentado por Eon, que llevó, por tanto, su caso ante la Corte de Estrasburgo.

Los jueces de este tribunal consideraron que el insulto contra Sarkozy entra dentro de la sátira política, puesto que el condenado había utilizado una frase del propio presidente, ampliamente reproducida por los medios de comunicación. En su sentencia, los magistrados de Estrasburgo consideraron que esa frase "no atentaba contra la vida privada o el honor del presidente y no constituía un ataque personal gratuito contra su persona".

Recordaron que los políticos deben soportar las críticas y señalaron que la sátira está destinada a "provocar y a agitar", por lo que condenar este tipo de actos puede tener "un efecto disuasorio sobre las intervenciones satíricas que pueden contribuir al debate sobre cuestiones de interés general".

Los magistrados no imponen ninguna multa a Francia, porque consideran que la mera sentencia condenatoria constituye ya una "satisfacción equitativa suficiente" por los daños morales sufridos por Eon.

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