El TSJPV archiva la causa 'jaque mate' contra Arraiz
La Sala Civil y Penal del TSJPV ha sobreseído la causa que se abrió contra el presidente de Sortu, Hasier Arraiz, por sus declaraciones realizadas en rueda de prensa el 12 de enero de 2015 en las que instaba a "dar jaque mate" a la Guardia Civil. El Tribunal considera que los hechos investigados no tienen "carácter delictivo".
El TSJPV ha estimado el recurso de apelación presentado por Iñigo Iruin, abogado del encausado, contra el auto del magistrado del Tribunal vasco Roberto Sáiz del pasado 26 de abril, por el que acordó la transformación de las diligencias por supuestas injurias graves a las Fuerzas de Seguridad del Estado (FSE) en procedimiento abreviado, y dio traslado a las partes para que solicitaran la apertura de juicio oral o su archivo.
Mientras el letrado pidió el archivo del procedimiento, la Abogacía del Estado reclamó la apertura de juicio oral por supuestas injurias graves a la Guardia Civil, y solicitó la imposición de una multa a Hasier Arraiz de 16.000 euros y el pago de las costas.
La querella que dio inicio a las diligencias había sido interpuesta por Dignidad y Justicia, que ejerce la acusación popular, y fue admitida a trámite en su día.
Ahora, la Sala Civil y Penal del TSJPV ha estimado el recurso de Iñigo Iruin y ha determinado el sobreseimiento libre y el archivo definitivo de la causa en un auto que es firme y contra el que no cabe recurso.
Derecho a la libertad de expresión
Ahora la Sala de lo Civil y Penal ha estimado el recurso por considerar que las declaraciones de Arraiz no fueron constitutivas de delito al estar amparadas por el derecho a la libertad de expresión.
El TSJPV argumenta su fallo con sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), el Constitucional y el Supremo, algunas de ellas referidas a declaraciones realizadas por dirigentes de la izquierda abertzale como Arnaldo Otegi (del TEDH por sus declaraciones en las que calificó al rey Juan Carlos de "jefe de los torturadores"), Miguel Castells o el propio Arraiz.
Destaca el tribunal que el derecho a la libertad de expresión solo está restringido en el caso de que haya incitación a la violencia o al discurso del odio, pero admite las declaraciones "que molestan, chocan o inquietan", aunque sean de "mal gusto" u "ofendan".
Además este derecho goza de "especial protección" para los representantes políticos y los límites a la crítica son menores en el caso de las instituciones y los funcionarios públicos que en el de las personas particulares.
"Jaque mate a las alcantarillas del Estado"
Sortu ha afirmado que la causa contra su presidente, Hasier Arraiz "nunca tuvo sentido", al tiempo que se ha reafirmado en "la necesidad de dar 'jaque mate' a todos los que representan a las alcantarillas del Estado y viven en ellas o en la superficie".
La formación abertzale ha asegurado que las declaraciones de Arraiz fueron realizadas "en ejercicio del derecho a la libertad de expresión y actividad política" y la acusación contra él respondió a "la mera utilización política de la Administración de Justicia para perseguir unas ideas en concreto, las del independentismo vasco".
Ha denunciado el uso de la Justicia para "acosar al independentismo", tanto el vasco como el catalán, "como estamos comprobando estos mismos días", en alusión a las conversaciones entre el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y al director de la Oficina contra el Fraude de Cataluña, Daniel de Alfonso.
"La utilización de todo tipo de recursos y cloacas del Estado para combatir ideas políticas legítimas no es nueva en el Estado español. Del mismo modo que crearon los GAL para asesinar en nombre de la razón de Estado, nunca han dejado de utilizar cuerpos policiales, agencias de seguridad y jueces y fiscales afines porque, como ha dejado en evidencia el propio ministro del Interior, a ellos no les causa ningún problema político y ético actuar de esa manera", ha añadido Sortu.
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