Ley de amnistía
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El Supremo lleva por primera vez la amnistía al Constitucional al considerar que vulnera la igualdad

El tribunal ha tomado esta decisión tras examinar el recurso de un condenado por delito de desórdenes públicos y estimar que la Ley de Amnistía da un "trato diferente a quienes delinquieron para favorecer el proceso secesionista" frente a otros que hicieron los mismos delitos con otra finalidad.
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Fachada del Tribunal Supremo. Foto de archivo: EITB Media

El Tribunal Supremo considera que la Ley de Amnistía vulnera una serie de derechos protegidos en la Constitución, entre ellos el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica, y por eso ha acordado plantear una cuestión de inconstitucionalidad centrada en los delitos de desórdenes públicos y atentado contra la autoridad.

Con esta decisión, la Sala de lo Penal lleva por primera vez la norma ante el Tribunal Constitucional, que deberá dirimir si es acorde a la Carta Magna.

Lo hace en un auto, dictado en el marco del recurso de un condenado por desórdenes públicos ocurridos en Girona tras la sentencia del 'procés', en el que indica que "la norma cuestionada repugna el derecho constitucional a la igualdad ante la ley" y ve "arbitrarias las razones" aducidas para justificar "el tratamiento claramente discriminatorio" que la ley impone.

Su decisión no se enmarca en la causa de los líderes independentistas catalanes que se sentaron en el banquillo del alto tribunal, sino en el recurso de dos condenados por desórdenes públicos que lanzaron adoquines contra la sede de los juzgados de Girona tras la sentencia del 'procés', en 2019.

Califica de "golpistas" a los independentistas

Los magistrados opinan que si la ley persigue devolver a la política el conflicto catalán es porque "los golpistas trataron de imponer a los demócratas, en Cataluña y en el resto de España, sus propias ideas" y creen que "la mera condonación de sus delitos en nada podría contribuir, por sí misma, a la 'normalización' o no de la convivencia democrática que solo su pertinaz conducta trató y trata de impedir".

Considera "razonable" pensar que esa convivencia pueda ser recuperada si los "golpistas" "se avienen a respetar" sus reglas básicas; no es exigible que renuncien a sus ideales ni que pidan perdón, "aunque se agradeciera", sino que "es suficiente" y "necesario" con que "dejen de lanzar adoquines", dice en referencia a los desórdenes públicos que centran su auto.

'Lo volverán a hacer'

No es que mantengan su ideología, "como tienen derecho a hacerlo" y "no pidan perdón a los demócratas catalanes y a los del resto de España -subraya el tribunal-", sino que afirman, "en lo que ya es un eslogan, que 'lo volverán a hacer'".

Para el Supremo, "ofende" que la ley de amnistía "busque" justificación en la desafección de una parte de la población -los que apoyaban la independencia- hacia las instituciones cuando "quienes participaban en los propósitos golpistas" ya eran "desafectos".

"Colectivo golpista, que no tenía las mayorías necesarias"

En este punto vuelve a elevar el tono para afirmar que un "colectivo golpista, que no tenía las mayorías necesarias", decidió ejecutar y proclamar la secesión de Cataluña "cometiendo por el camino una significativa panoplia" de delitos, mientras otros "demócratas" rechazaron apartarse del ordenamiento jurídico y "fueron tachados" de "pusilánimes, timoratos, 'botiflers'".

Y se pregunta si estos "demócratas" conservarán su afección por las instituciones democráticas cuando observen que quienes vulneraron la ley resultan beneficiados por la amnistía "mientras proclaman a los cuatro vientos que lo volverán a hacer".

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