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Entra en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería, que facilitará la regularización de las personas migrantes

El texto tiene como objetivo "simplificar procedimientos" y ampliar los visados. El Gobierno español prevé regularizar la situación de casi un millón de personas. Las onegés a favor de las personas migrantes ven "avances" en la ley pero advierten de que el derecho a asilo quedará "mermado".
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El nuevo reglamento ha extendido a un año el visado de búsqueda de empleo. EFE

Este martes, 20 de mayo, ha entrado en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado por el Gobierno español en noviembre del año pasado.

El nuevo texto pretende "simplificar procedimientos, eliminar duplicidades y dar mayores garantías y rigor jurídico", y prevé regularizar a 300 000 personas al año durante los próximos tres años.

El reglamento responde a las "necesidades del mercado laboral" y contiene un apartado específico para los visados, tanto los de corta duración como los de larga duración, para que los trámites sean más fáciles y los requisitos y procedimientos queden más claros. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.

También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de tres meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses "van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan", según explicó la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

Por otro lado, la reforma contempla cinco modalidades de arraigo: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad. Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de tres a dos años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento.

En cuanto a las solicitudes de asilo internacional, a partir de ahora el tiempo transcurrido como solicitante de protección internacional ya no computará como periodo válido de estancia en el Estado para optar al arraigo. Así, una vez obtenida una resolución denegatoria y tras permanecer al menos dos años en situación irregular, será posible solicitar alguna de las figuras de arraigo.

Este último punto ha sido duramente criticado por muchas oenegés que trabajan en defensa de los derechos de los migrantes, e incluso por instituciones como el Defensor del Pueblo. Siete entidades sociales, entre ellas Cáritas o CEAR, han recurrido el reglamento ante el Tribunal Supremo, al considerar que debilita el derecho de asilo.  También el Defensor del Pueblo registró el pasado viernes un informe en el que advierte de que la entrada en vigor del reglamento "podría abocar a la irregularidad sobrevenida a miles de menores".

Para estudiantes, se contará con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación. En este sentido, durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.

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