LEY DE AMNISTÍA
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La Comisión Europea cuestiona ante la TJUE que la amnistía responda a un objetivo de "interés general"

El abogado que representa al Ejecutivo comunitario ha añadido que "las autoridades españolas no atendieron a la recomendación de la Comisión de Venecia de que se tomara el tiempo necesario para realizar un diálogo significativo con el final de lograr el objetivo invocado de reconciliación".
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Tribunal de Justicia de la UE. Foto: TJUE

La Comisión Europea ha mantenido este martes ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que "no parece que la ley de amnistía responda a un objetivo de interés general, dado que es parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España", al tiempo que ha considerado que su tramitación por la vía de urgencia ha "ahondado la división profunda" en la clase política, las instituciones y la sociedad española, pese a las recomendaciones de órganos consultivos como la Comisión de Venecia.

Así lo ha expuesto el abogado que representa al Ejecutivo comunitario en la vista celebrada sobre la cuestión prejudicial sobre las cuestiones prejudiciales que le ha planteado el Tribunal de Cuentas sobre si la amnistía pone en riesgo los intereses financieros de la Unión Europea, en un caso que afecta a 35 ex altos cargos de la Generalitat, entre ellos a los expresidentes de la Generalitat, Carles Puigdemont y Artur Mas.

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El abogado del Ejecutivo comunitario, Carlos Urraca, ha añadido que "las autoridades españolas no atendieron a la recomendación de la Comisión de Venecia de que se tomara el tiempo necesario para realizar un diálogo significativo con el final de lograr el objetivo invocado de reconciliación".

Otra de las cuestiones que el abogado de la Comisión ha abordado en la primera vista en la que el Alto Tribunal examina la ley de amnistía ha sido la de los dos meses de plazo para decidir sobre la aplicación de la amnistía y lo ha hecho para advertir de que tal norma es contraria al Derecho europeo, si este plazo no permite a los órganos competentes la adopción de las medidas procesales que considere necesarias para evaluar el fondo.

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