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La Audiencia de Bizkaia archiva la causa contra una de las detenidas por los incidentes en un acto de Vox en Santurtzi

El tribunal considera que la declaración de la mujer se tomó fuera del plazo legal establecido y acuerda el sobreseimiento de la causa penal.

(Foto de ARCHIVO)

Varios manifestantes tumban contenedores de basura durante una concentración contra la participación del secretario general y diputado de Vox, Javier Ortega Smith, en una mesa informativa en el parque central de Santurtzi, Vizcaya, Euskadi (España). Smith ha viajado hasta allí para dar apoyo a dos militantes de su formación que fueron agredidos en la localidad vizcaína.



Ion Alcoba / Europa Press

ERTZAINTZA

03/9/2020
Imagen de los incidentes, donde se detuvo a doce personas. Foto: Europa Press.

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha acordado el sobreseimiento de la causa penal contra una mujer detenida durante los incidentes registrados en septiembre de 2020 en Santurtzi, con motivo de un acto público de Vox. El tribunal considera que su declaración como investigada se tomó fuera del plazo legal de instrucción, lo que invalida esa diligencia y obliga a archivar la causa en lo que respecta a ella.

Según ha explicado el despacho Hiru Abokatuak, encargado de la defensa de la detenida, los hechos se remontan al 3 de septiembre de 2020, cuando Vox celebró un acto en la zona de El Parque, en el centro de Santurtzi, con la presencia del entonces secretario general del partido, Javier Ortega Smith.

El acto fue objeto de una concentración de protesta y, durante su transcurso, se registraron incidentes que dieron lugar a la detención de doce personas por delitos de desórdenes públicos, atentado y/o resistencia a agentes de la autoridad, daños y lesiones.

Plazo expirado

Entre esas personas se hallaba la defendida de Hiru Abokatuak, quien no prestó declaración hasta el 10 de mayo de 2022, más de un año y medio después de iniciarse la instrucción, sin que en ningún momento se hubiera dictado una resolución que prorrogara el plazo.

Los abogados señalan que la ley fija en doce meses el plazo máximo para instruir una causa como esta (artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), de modo que aquella declaración "se practicó bastante después de que ese plazo hubiera expirado", señalan.

Con base en ese argumento, la defensa impugnó la validez de la instrucción, y la Audiencia Provincial le ha dado la razón. En su auto, el tribunal recuerda que no cabe una instrucción "sin contradicción y realizada a espaldas o al margen del investigado, que tiene derecho no solo a conocer la imputación sino también a intervenir en la instrucción ofreciendo su versión de descargo".

Con este razonamiento, considera nula la declaración de la investigada y acuerda el sobreseimiento de la causa respecto de ella. El auto es firme y no cabe recurso contra él. 

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