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Dos jueces conceden la retroactividad total en las cláusulas suelo

Los titulares de los juzgados de Primera Instancia 5 y 7 de Pamplona anulan las cláusulas fijadas en los dos préstamos hipotecarios por falta de transparencia y abusividad.
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Dos juzgados de Pamplona han dictado las primeras sentencias de Navarra en las que aplican la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las cláusulas suelo y conceden por tanto la retroactividad total en las mismas.

Los dos jueces, informa el TSJN, condenan a la entidad demandada (Caja Rural de Navarra) a devolver todas las cantidades cobradas de más en aplicación de estas cláusulas desde la firma del contrato, y no desde la sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2013.

Ambas sentencias pueden ser recurridas ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, que aún no ha dictado resolución alguna al respecto desde la sentencia del TJUE.

Los titulares de los juzgados de Primera Instancia 5 y 7 de Pamplona anulan las cláusulas fijadas en los dos préstamos hipotecarios por falta de transparencia y abusividad.

Ambos magistrados condenan a Caja Rural de Navarra a abonar las cantidades abonadas de más con retroactividad total, y no desde mayo de 2013, en virtud de la sentencia del TJUE del pasado 21 de diciembre al entender que esa interpretación "es vinculante para el juez nacional".

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