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El TSJN deniega la suspensión cautelar de la OPE de Educación de 2017

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra deniega esta petición por entender que no existe una causa clara y ostensible en la argumentación presentada por AFAPNA, el sindicato recurrente.
Imagen de archivo: EiTB
Imagen de archivo: EiTB

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha denegado la suspensión cautelar de la Oferta Pública de Empleo (OPE) del Gobierno de Navarra para 2017 solicitada por AFAPNA por falta de motivación en su recurso judicial y le impone las costas procesales.

En un auto comunicado esta mañana, el TSJN, de acuerdo al auto dictado por su Sala de lo Contencioso-Administrativo, deniega esta petición por entender que no existe una causa clara y ostensible en la argumentación presentada por el sindicato recurrente.

La sala, según la información facilitada por el Gobierno Foral, afirma que el recurrente solicita un análisis que debe ser objeto de valoración y decisión en la sentencia de fondo sobre esta causa y no en el ámbito de un incidente cautelar.

El euskera, eje de recursos

AFAPNA reclamó la suspensión del Decreto Foral 116/2017 de 20 de diciembre, que aprobaba la OPE de 2017, argumentando que la plantilla fijada se realizaba sin adscripción a ningún centro, con la única indicación de si son plazas de maestros (nivel B) o profesores de Secundaria (nivel A) e indicando si son vacantes en castellano o euskera.

Alegó que de no suspenderse la OPE se procedería a la celebración de las oportunas oposiciones, concursos-oposición, y concursos de traslados, ocasionando perjuicios irreparables o de difícil reparación respecto a las personas que se hayan presentado.

En febrero el TSJN se pronunció en idénticos términos sobre otra suspensión cautelar solicitada por el mismo sindicato, en aquella ocasión del Decreto Foral 109/2017, de 28 de noviembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos.

La actualización de las plazas docentes con conocimiento preceptivo de euskera fue también en aquella ocasión el eje del recurso, que la Justicia rechazó.

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