Nuevas medidas económicas del gobierno español ante la crisis sanitaria
El Consejo de Ministros español ha aprobado este martes una batería de medidas económicas extraordinarias, a través de un Decreto, para hacer frente a la nueva situación en la que se encuentran los trabajadores y ciudadanos durante la crisis sanitaria.
- Subsidio excepcional de unos 430 euros (80 % del Iprem) para los trabajadores temporales a los que les venza el contrato durante el estado de alarma y no tengan derecho a cobrar el paro por no haber reunido la cotización mínima. El único requisito que se exigirá para percibir este subsidio es que la duración mínima del contrato que se extingue sea de al menos dos meses.
- Subsidio extraordinario temporal para las trabajadoras del hogar que estén inscritas en la Seguridad Social y que hayan sido despedidas o no puedan trabajar durante la crisis sanitaria del coronavirus.
- Moratoria de 6 meses sin intereses para el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de autónomos y pymes, aunque con algunas condiciones.
- Distribución a las comunidades autónomas de 300 millones de euros según los criterios de porcentaje de población (80%) y número de casos (15%) e ingresos en UCI (5%) a fecha 24 de marzo: 16 millones para la CAV y 4,78 para Navarra.
- Suspensión de los desahucios seis meses tras el fin del estado de alarma, la prórroga extraordinaria de seis meses de los contratos de alquiler de vivienda habitual para evitar subidas abusivas, una línea de microcréditos avalados por el Estado o ayudas directas de hasta 900 euros tras la crisis.
- Ampliar a tres meses la moratoria en el pago de hipoteca para aquellas personas que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos como consecuencia de la situación, frente al mes que contemplaba hasta ahora.
- Ampliación en el alcance de la moratoria a los autónomos, profesionales o pymes que padezcan extraordinarias dificultades y a los préstamos no hipotecarios que mantengan las personas en situación de vulnerabilidad económica, incluyendo los créditos al consumo.
- Ampliación de la prohibición de cortes de suministro de electricidad, gas y agua a todos los hogares durante el periodo que se prolongue el estado de alarma, salvo por motivos ligados a la seguridad del suministro.
- Queda extendida la ampliación de los plazos de actuaciones, trámites y procedimientos tributarios que se aprobó el 17 de marzo a aquellos que sean realizados y tramitados por administraciones tributarias de las comunidades autónomas y entidades locales.
- Se aplaza el calendario de reembolso de préstamos concedidos por comunidades autónomas y entidades locales a empresas y autónomos, para aquellos casos en los que esta crisis haya provocado períodos de inactividad, una "reducción significativa" en las ventas, o una interrupción del suministro en la cadena de valor que dificulte o impida atender al pago de esta deuda.
- Se amplía hasta el próximo 30 de junio la venta de gasolinas destinadas inicialmente al periodo invernal. En aplicación de la normativa europea, la gasolina que se comercialice en las estaciones de servicio entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de cada año debe tener una presión de vapor situada entre los 45 y los 60 kilopascales (kPa), entre otras especificaciones; el resto del año, la presión de vapor de las gasolinas debe situarse entre los 50 y los 80 kilopascales. Este año, de manera excepcional, el plazo que finaliza el 30 de abril queda ampliado hasta el 30 de junio.
- Se extiende el derecho a acogerse al bono social de electricidad a los trabajadores afectados por despidos y a los autónomos que hayan cesado su actividad o reducido su facturación por la crisis del coronavirus.
- Autónomos y empresas podrán suspender temporalmente sus contratos de suministro, o modificar sus modalidades de contratos, sin penalización. Además, se les posibilita el cambio de peaje de acceso y el ajuste de la potencia contratada al alza o a la baja, sin coste alguno. Una vez concluido el estado de alarma, se les vuelve a permitir una nueva modificación sin coste ni penalización.
- El Gobierno de España aprobará un plan de actuación para agilizar la actividad judicial en los juzgados y tribunales de orden social y contencioso-administrativo, así como en los juzgados de lo mercantil una vez haya concluido el estado de alarma; previsiblemente, estos juzgados se verán más afectados tras el parón de la actividad económica que ha supuesto el confinamiento y las medidas excepcionales aprobadas, como los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.
- De manera excepcional, la cuota de formación profesional para el empleo que pagan empresas y trabajadores se podrá destinar durante el presente ejercicio a financiar cualquiera de las prestaciones y acciones del sistema de protección por desempleo debido al impacto económico de las medidas aprobadas para hacer frente a la crisis sanitaria.
- Queda prohibida la subida de las tarifas de telefonía mientras los usuarios no puedan cambiar de compañía por las limitaciones impuestas para frenar el brote. Además, la suspensión de portabilidad impuesta hace dos semanas solo afectará a aquellas operaciones en las que exista necesidad de los usuarios de desplazarse físicamente a tiendas o de que se realicen intervenciones físicas en su domicilio, excepto en casos de fuerza mayor.
- Se establece una prórroga de seis meses desde que finalice el estado de alarma para que las cooperativas puedan reintegrar las aportaciones a los socios que causen baja durante este periodo excepcional.
- Las producciones agrarias de carácter estacional podrán optar a prestaciones por cese de actividad cuando su facturación media en los meses de campaña se reduzca al menos en un 75 % en comparación con los mismos meses de la campaña del año anterior.
- Los consumidores podrán poner fin a determinados contratos sin ser penalizados.
- Se aprueba la prórroga de contratos a personal docente e investigador en universidades y de quienes trabajen para el Sistema Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como del personal que se haya incorporado al Sistema Nacional de Salud (SNS) por la emergencia sanitaria.
- Se permite solicitar el reembolso de viajes combinados o recibir un bono canjeable en un año.
- Los empleados públicos podrán cambiar voluntariamente de puesto de trabajo para reforzar aquellas áreas que, durante la actual crisis, estén necesitadas de personal.
Se aprueba una prórroga extraordinaria de seis meses de los contratos de alquiler de vivienda habitacional para evitar subidas abusivas.
- Quien caiga en situación de vulnerabilidad puede acogerse a un microcrédito que dará el estado a tipo 0 de interés, a devolver en 6 años ampliable a 10 en caso de dificultades.
- Si después de la crisis se mantiene la vulnerabilidad, el Estado pagará la deuda de alquiler a través de una línea de ayudas públicas, que contempla ayudas de hasta 900 euros al mes y 200 euros para gastos de suministros o mantenimiento, con un importe total de hasta 700 millones de euros.
- Se restringe la publicidad del juego y las apuestas 'online' de ámbito estatal a la franja de 1.00 a 5.00 de la madrugada en televisiones, radios y plataformas de intercambio de vídeos como YouTube, durante el tiempo de vigencia del estado de alarma.
- Se aprueban ayudas por 15 millones de euros para prestadores de servicios de TDT.
- Los autónomos y los trabajadores con ERTE podrán rescatar sin costes su plan de pensiones.
- Las comunidades autónomas deberán informar cada mes al Ministerio de Hacienda de sus actuaciones llevadas a cabo para afrontar la situación de emergencia derivada de la expansión del coronavirus. Los Ayuntamientos deberán hacerlo cada tres meses.
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